15/6/18

Los municipios podrán cobrar tasas en las facturas de luz hasta diciembre

Durante una recorrida en Chivilcoy, la Gobernadora anunció la postergación de la resolución 167/18 de OCEBA que impide      incluir conceptos adicionales vinculados al servicio público de distribución de energía eléctrica.
“La resolución de OCEBA se va a postergar hasta el mes de diciembre                de manera que los intendentes tengan más tiempo de planificar para el            año que viene como van a manejarse en estos temas”, dijo Vidal en rueda          de prensa.
Es que luego de que se aprobara la ley que establece una morigeración              en los aumentos de las tarifas, de luz y agua, al quitar de los conceptos            que son percibidos por los municipios, el Organismo de Control de            Energía Eléctrica de Buenos Aires (OCEBA) publicó una resolución        167/18 que establece que los distribuidores no podrán incluir en sus facturas “conceptos adicionales vinculados al servicio público de      distribución de energía eléctrica”, como tampoco “conceptos ajenos                  a la prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica”,              a excepción del alumbrado público.
La quita de las tarifas fue muy resistida por los Intendentes bonaerenses durante el tratamiento de paquete que envió la gobernadora            a la Legislatura. Francisco Durañona, jefe comunal de San Antonio de            Areco había dicho: “Macri y Vidal, en absoluta sintonía, decidieron            sacrificar recursos del Estado y presionar a Provincias y Municipios para          que pierdan mayor autonomía, todo ello en favor de 3 empresarios que se quedaron con el negocio del servicio eléctrico”.
Con la resolución de OCEBA los municipios deberán recaudar por fuera              de las facturas de luz. De esta manera, comenzará a regir el año que viene          y facturas se emitirán con el detalle de la información necesaria y            suficiente que permita constatar al usuario en forma unívoca el valor de            las magnitudes físicas consumidas, el período al cual corresponde, los        precios unitarios aplicados y las cargas impositivas.

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