15/3/13

SALUD PÚBLICA: Competencias del Senasa en la inocuidad de frutas y hortalizas
 
Realiza actividades de monitoreos y vigilancia destinadas a determinar el cumplimiento de los límites máximos de residuos de plaguicidas en productos de origen vegetal. Además registra y controla los productos agroquímicos, que se comercializan en el país.
La preservación de la inocuidad de los productos agroalimentarios es un requisito indispensable para la salud de los consumidores. En ese marco, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), desarrolla una serie de acciones de inspección periódicas destinadas a la prevención y control de las exigencias sanitarias y de calidad de frutas y hortalizas frescas que se comercializan en el mercado interno.
En tan sentido, en el ámbito de su Centro Regional Buenos Aires Norte, el Senasa implementa los siguientes programas:
Sistema Federal de Fiscalización de Productos Agroquímicos y Biológicos (Siffab). Permite verificar que los productos agroquímicos, que se comercializan en el país, cumplan con las normas vigentes, motivo por el cual se realizan inspecciones en los distintos puntos de ventas de la región. Los técnicos del Servicio verifican los productos en los distintos comercios minoristas o bocas de expendio, constatando que los mismos estén registrados en el Senasa, se encuentren identificados correctamente con sus etiquetas y rótulos aprobados y que sus contenidos sean los declarados ante el Organismo.
Sistema de Control de Frutas y Hortalizas Frescas (Sicofhor). Mediante este sistema, el Senasa identifica y registra a los agentes de la cadena productiva y comercial de las frutas y hortalizas y determina las condiciones para la verificación de la identificación de los productos. Además, implementa el programa de monitoreo de residuos, mediante el cual los técnicos del Senasa realizan el seguimiento del cumplimiento de los límites máximos de residuos de agroquímicos en frutas y hortalizas. Para ello recolectan muestras periódicas de productos vegetales frescos en mercados concentradores y depósitos, de acuerdo con las pautas establecidas por el Programa de Control de Residuos, Contaminantes e Higiene de Alimentos de origen Vegatal (Creha).
Por otra parte, el uso y explotación de productos de acción química y/o biológica destinados a la protección y desarrollo de la producción vegetal, está regulado por la Ley de Agroquímicos N° 10699 de la Provincia de Buenos Aires y su Decreto Reglamentario 499/91 (modificado por el 1170/2000).
Así, los tratamientos de control de plagas en los predios productores deben contar con la autorización del organismo municipal competente y con la receta agronómica correspondiente, cuestiones vinculadas a procedimiento y locación de aplicación de productos agroquímicos, previstos en la norma provincial antes mencionada y, de estar aprobada, la correspondiente ordenanza municipal.
Como corolario, el Senasa controla el cumplimiento de la legislación de orden nacional en materia de productos fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas mientras que los estados provinciales tienen leyes y reglamentaciones propias y su fiscalización referida a éstos productos, estableciendo los requisitos para la comercialización, aplicación y deposición final de los mismos en sus ámbitos jurisdiccionales.

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