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La preservación de la inocuidad de los
productos agroalimentarios es un requisito indispensable para la salud de los
consumidores. En ese marco, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria (Senasa), desarrolla una serie de acciones de inspección
periódicas destinadas a la prevención y control de las exigencias sanitarias y
de calidad de frutas y hortalizas frescas que se comercializan en el mercado
interno.
En tan sentido, en el ámbito de su
Centro Regional Buenos Aires Norte, el Senasa implementa los siguientes
programas:
Sistema Federal de Fiscalización de
Productos Agroquímicos y Biológicos (Siffab). Permite verificar que los
productos agroquímicos, que se comercializan en el país, cumplan con las normas
vigentes, motivo por el cual se realizan inspecciones en los distintos puntos de
ventas de la región. Los técnicos del Servicio verifican los productos en los
distintos comercios minoristas o bocas de expendio, constatando que los mismos
estén registrados en el Senasa, se encuentren identificados correctamente con
sus etiquetas y rótulos aprobados y que sus contenidos sean los declarados ante
el Organismo.
Sistema de Control de Frutas y
Hortalizas Frescas (Sicofhor). Mediante este sistema, el Senasa
identifica y registra a los agentes de la cadena productiva y comercial de las
frutas y hortalizas y determina las condiciones para la verificación de la
identificación de los productos. Además, implementa el programa de monitoreo de
residuos, mediante el cual los técnicos del Senasa realizan el seguimiento del
cumplimiento de los límites máximos de residuos de agroquímicos en frutas y
hortalizas. Para ello recolectan muestras periódicas de productos vegetales
frescos en mercados concentradores y depósitos, de acuerdo con las pautas
establecidas por el Programa de Control de Residuos, Contaminantes e Higiene de
Alimentos de origen Vegatal (Creha).
Por otra parte, el
uso y explotación de productos de acción química y/o biológica destinados a la
protección y desarrollo de la producción vegetal, está regulado por
Así, los tratamientos de control de
plagas en los predios productores deben contar con la autorización del organismo
municipal competente y con la receta agronómica correspondiente, cuestiones
vinculadas a procedimiento y locación de aplicación de productos agroquímicos,
previstos en la norma provincial antes mencionada y, de estar aprobada, la
correspondiente ordenanza municipal.
Como corolario, el Senasa controla el
cumplimiento de la legislación de orden nacional en materia de productos
fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas mientras que los estados provinciales
tienen leyes y reglamentaciones propias y su fiscalización referida a éstos
productos, estableciendo los requisitos para la comercialización, aplicación y
deposición final de los mismos en sus ámbitos jurisdiccionales.
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15/3/13
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