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Las
especies permitidas y cupos son:
a) Pato barcino o maicero (Anas georgica), pato barcino chico (Anas flavirostris), pato cuchara (Anas platalea), pato picazo (Netta peposaca) y pato viuda o silbón de cara blanca (Dendrocygna viduata), hasta un total de cinco cinco ejemplares, cualquiera sea la especie, por cazador y por día, desde el 10 de mayo hasta el 11 de agosto de 2013 inclusive. b) Liebre europea (Lepus europaeus), hasta diez piezas por día y por cazador, desde el 10 de mayo hasta el 11 de agosto de 2013 inclusive. c) Perdiz chica (Nothura maculosa), hasta cinco por día y por cazador, desde el 10 de mayo hasta el 4 de agosto de 2013 inclusive. La caza deportiva menor de todas las especies de patos se permite en los partidos de: Alberti, Adolfo Alsina, Arrecifes, Ayacucho, Azul, Balcarce, Benito Juárez, Bolívar, Bragado, Carlos Casares, Carlos Pellegrini, Carlos Tejedor, Carmen de Areco, Capitán Sarmiento, Castelli, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Colón, Coronel Dorrego, Coronel Suárez, Daireaux, Dolores, Florentino Ameghino, General Alvarado, General Alvear, General Arenales, General Belgrano, General Guido, General Lamadrid, General Lavalle, General Pinto, General Viamonte, General Villegas, Gonzáles Chaves, Guaminí, Hipólito Yrigoyen, Junín, Laprida, Las Flores, Leandro N. Alem, Lincoln, Lobería, Lobos, Maipú, Mar Chiquita, Mercedes, San Miguel del Monte, Navarro, Necochea, 9 de Julio, Olavarría, Pehuajó, Pergamino, Pila, Puán, Rauch, Rivadavia, Rojas, Roque Pérez, Saavedra, Saladillo, Salliqueló, Salto, San Cayetano, Suipacha, Tandil, Tapalqué, Tordillo, Tornquist, Trenque Lauquen, Tres Arroyos, Tres Lomas y 25 de Mayo. Las zonas habilitadas para la caza deportiva menor de la liebre europea son los partidos de Adolfo Alsina, Alberti, Arrecifes, Ayacucho, Azul, Bahía Blanca, Balcarce, Benito Juárez, Bolívar, Bragado, Carlos Casares, Carlos Pellegrini, Carlos Tejedor, Carmen de Areco, Capitán Sarmiento, Castelli, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Colón, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Rosales, Coronel Suárez, Daireaux, Dolores, Florentino Ameghino, General Alvarado, General Alvear, General Arenales, General Belgrano, General Guido, General Lamadrid, General Lavalle, General Madariaga, General Pinto, General Viamonte, General Villegas, Gonzáles Chaves, Guaminí, Hipólito Yrigoyen, Junín, Laprida, Las Flores, Leandro N. Alem, Lincoln, Lobería, Lobos, Maipú, Mar Chiquita, Mercedes, San Miguel del Monte, Navarro, Necochea, 9 de Julio, Olavarría, Patagones, Pehuajó, Pergamino, Pila, Puán, Rauch, Rivadavia, Rojas, Roque Pérez, Saavedra, Saladillo, Salliqueló, Salto, San Cayetano, Suipacha, Tandil, Tapalqué, Tordillo, Tornquist, Trenque Lauquen, Tres Arroyos, Tres Lomas, 25 de Mayo y Villarino. La perdíz chica se podrá cazar en Adolfo Alsina, Alberti, Arrecifes, Ayacucho, Balcarce, Benito Juárez, Carlos Pellegrini, Carmen de Areco, Capitán Sarmiento, Castelli, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Colón, Coronel Dorrego, Coronel Suárez, Dolores, Florentino Ameghino, General Alvarado, General Alvear, General Arenales, General Belgrano, General Guido, General Lamadrid, General Lavalle, General Madariaga, General Pinto, General Viamonte, General Villegas, González Chaves, Junín, Laprida, Las Flores, Leandro Alem, , Lobería, Lobos, Maipú, Mar Chiquita, Mercedes, San Miguel del Monte, Navarro, Necochea, Olavarría, , Pergamino, Pila, Puán, Rauch, Rojas, Roque Pérez, Saavedra, Saladillo, Salliqueló, Salto, San Cayetano, Suipacha, Tandil, Tordillo, Tornquist y Tres Arroyos. Las zonas vedadas son todos aquellos partidos no mencionados, las reservas naturales provinciales, el Delta del río Paraná, los ejidos de las ciudades, pueblos, lugares urbanos y suburbanos, caminos públicos y todas aquellas áreas concurridas por público. Para la práctica de la caza deportiva menor es necesario contar con los siguientes requisitos: Licencia de Caza Deportiva, documento que es personal e intransferible; Documento Nacional de Identidad; autorización por parte de la autoridad correspondiente para la tenencia del arma que se utilice para la caza; permiso escrito del propietario, ocupante o tenedor legítimo del campo en el que se practicará la caza, sus encargados o responsables. Las armas autorizadas para la práctica de la caza deportiva menor son: escopeta de cañón liso cargado con cartuchos a perdigones y con aquellas que disparen munición calibre 22. |
15/5/13
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