| ||||||
ORDENANZA Nº 1817/2013
ARTICULO 1º: Una vez finalizados los
comicios electorales todos los partidos políticos que hayan participado de los
mismos, procederán a retirar, de la vía pública, toda la publicidad que se haya
colocado para la ocasión.
ARTICULO 2º: Se fija el plazo de quince
(15) días, a partir del día posterior a los comicios, como límite de tiempo para
ejecutar las acciones.
ARTICULO 3º: El incumplimiento de lo
dispuesto en los Art. 1 y 2 serán pasibles de apercibimiento y multa
posterior de 300 a 1000 módulos, según
el caso.
ARTÍCULO 4°:Comuníquese. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.-
Dada en la Sala de Sesiones del
Honorable Concejo Deliberante, Sesión Ordinaria a los 05 días del mes de agosto
de dos mil trece. Aprobada por
Unanimidad.-
Corina
Pourthé
Hurí Graciela Piedrabuena
Sec. Legislativa HCD Presidente HCD
General Alvear Pcia. Bs. As.
|
28/9/13
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario