30/12/14

ORDENANZA Nº 1913/2014
ARTICULO 1º: Se fijara como Zona de Acampe general, al terreno delimitado para tal fin, en el predio del balneario Municipal a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2º: Se habilitara acampar en las zonas del natatorio solo en la Base de Campamento, en las condiciones mencionadas en la Ordenanza fiscal e impositiva correspondiente, o por la Ordenanza Nº 1902, en los casos que la circunstancias lo requieran.
ARTICULO 3º: Se autorizara al Departamento Ejecutivo Municipal a habilitar mas zonas de acampe excepcionalmente, cuando por exceso de peticiones, se supere la capacidad de las áreas anteriormente mencionadas.

ARTICULO 4º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase. Publíquese-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, Sesión Ordi-naria a los 23 días del mes de Diciembre de dos mil catorce. Aprobada por Unanimidad.

María Gabriela Sivero Amílcar A. Márquez
Sec. Legislativo HCD Presidente HCD
General Alvear Pcia. Bs. As. General Alvear Pcia. Bs. As

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