10/3/15

UDOCBA GRAL. ALVEAR REALIZÓ UNA IMPORTANTE DENUNCIA!!!
La misma, fue llevada adelante por la Sra. Marita Cires Secretaria General UDOCBA Gral Alvear.

UDOCBA, realiza junto con el apoyo de la CGT,una demanda judicial al ministerio de trabajo de Pcia por el incumplimiento de la Ley 13.522, ya que NO cumplió con el procedimiento previsto por esta Ley para el desarrollo y cierre paritario docente 2015.

La ley 13.522, reglamenta las paritarias docentes. Establece principalmente:

1- El modo en que se deben llevar adelante las conversaciones.

2- Quienes se sientan a la mesa paritaria en representación de las partes empleadoras y de la parte trabajadora.

3- Cómo se forman las mayorías al momento de votar y tomar decisiones, y se toman las mismas.

4- Cómo se confeccionan las actas en las que se reflejan los debates y las decisiones adoptadas (en particular al acuerdo paritario al que se arribe).
Representar a los trabajadores docentes NO es sólo votar, sino “debatir ideas, sostener principios, defender en la mesa de negociación los intereses de los trabajadores.
Por ello la O.I.T (Organización Internacional del Trabajo), y la Constitución de la Provincial, consagra el derecho de los trabajadores a la negociación colectiva.
La única “reunión paritaria” a la que convocó el Ministerio de Trabajo fue la de fecha 9 de diciembre de 2014 que dio inicio a la paritaria docente para el año 2015.

En esa reunión se decidió conformar una “comisión técnica salarial” para estudiar el modo en que podría quedar conformado el salario docente para el 2015 y luego llevar esas posibles soluciones al “pleno de la reunión paritaria” la “comisión técnica salarial” realizo diversas reuniones entre el 5/01/15 y el 24/02/15. Pero ocurrió que con posterioridad a la última reunión de “comisión técnica salarial”, EL MINISTERIO DE TRABAJO NO CITÓ A REUNIÓN PARITARIA PARA DEBATIR Y VOTAR, reunión está en la que el debate no se ceñía al modo en que se debía conformar el salario docente, sino que debía abordar otras cuestiones importantes como por ejemplo la situación de IOMA, la infraestructura escolar, etc.
Por ello al no citar el Ministerio de Trabajo a reunión paritaria, LA PARITARIA DOCENTE 2015 NO PUEDE CONSIDERARSE FINALIZADA, de hecho no existe acta formalizada según los Recaudos previsto en el art. 13 de la ley 13.522.

ES ILEGITIMO LA PRETENSION DEL MINISTERIO DE TRABAJO DE DAR POR FINALIZADA Y CUMPLIDA LA PARITARIA DOCENTE CON LA SOLA REALIZACION DE REUNIONES DE “COMISION TÉCNICA”.
Los trabajadores docentes estatales tienen el derecho constitucional a negociar sus condiciones de trabajo (Al Estado Provincial). Ese derecho está consagrado en el art. 39 inc. 4 de la Constitución provincial y está reglamentado en ley provincial 13.522.

Por otro lado UDOCBA, sostiene la medida de lucha manteniendo asambleas y acciones distritales a nivel provincial escuchando a los docentes y apoyando plenamente los accionares a llevarse a cabo en cada distrito.-
UDOCBA, GRAL. ALVEAR.-

No hay comentarios:

Publicar un comentario