Un jurado absolvió a dos efectivos del SPB que fueron acusados de torturar a un preso
En diciembre de 2013, en la Unidad 30 con asiento en General Alvear, un recluso al que tuvieron que extirparle el páncreas denunció que los imputados lo agredieron. Pero los ciudadanos que integraron el jurado para este debate concluyeron que ambos oficiales del Servicio Penitenciario Bonaerense no eran culpables.Los efectivos del SPB que fueron sometidos a este juicio con jurados se llaman César Alberto Cuadrado y Aldo Gastón Gallo.
El Doctor Citterio Solicitó que fueran declarados culpables.
Además formuló planteos para que los imputados fueran declarados autores de ilícitos tales como “lesiones graves calificadas”, “severidades”, “vejaciones
Un juicio con jurados llevado a cabo en los Tribunales de Azul finalizó con las absoluciones para dos efectivos del Servicio Penitenciario Bonaerense que fueron acusados de haber torturado a un interno que en diciembre de 2013 estaba preso en la Unidad 30, la cárcel situada en la ciudad de General Alvear.
Después de dos días de audiencias, el veredicto de no culpabilidad para ambos encausados se anunció el pasado martes.
“Nosotros, el jurado, en nombre del pueblo encontramos a los acusados
no culpables, por entender que actuaron en legítima defensa, propia o de terceros”, leyó ese día el presidente de ese jurado popular integrado por doce ciudadanos que participó en este debate.
Alejandra Raverta, actual titular del Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul, intervino en este proceso donde las partes estuvieron representadas por el fiscal Cristian Citterio y el abogado azuleño Roberto Dávila, el defensor Particular de los dos agentes encausados y, finalmente, absueltos.
Los efectivos del SPB que fueron sometidos a este juicio con jurados se llaman César Alberto Cuadrado y Aldo Gastón Gallo.
Ambos con actuales domicilios en General Alvear, el primero de los agentes mencionados es oriundo de Daireaux y tiene 32 años. El otro, nacido en Olavarría, tiene 40 años.
Los dos habían llegado a este proceso acusados del delito de “torturas”, un ilícito que contempla penas de prisión que van desde los ocho a los veinticinco años.
El fiscal Citterio le pidió al jurado que en principio los acusados fueran declarados “culpables” de ese delito. Además, formuló varios planteos subsidiarios que tampoco prosperaron. Todos ellos, tendientes también a que el jurado condenara a ambos efectivos del SPB.
Esos planteos apuntaban a que los imputados fueran declarados autores de ilícitos tales como “lesiones graves calificadas”, “severidades”, “vejaciones
o apremios ilegales”.
El enfoque del abogado de los imputados fue totalmente distinto, ya que en su alegato solicitó que sus defendidos fueran declarados “no culpables”, por considerar -entre otros aspectos- que los extremos planteados por la acusación no eran ciertos.
El caso
Los hechos de este debate se situaron como ocurridos el 10 de diciembre de 2013 en la Unidad 30, la cárcel del SPB que está en General Alvear.
De acuerdo con las estipulaciones previas, se mencionó que en horas de la mañana de aquel día un interno alojado en el Sector 11 del penal, primero en un lugar y luego en otro, “resultó con lesiones traumáticas en el abdomen cerrado con compromiso de páncreas severo y sangrado abdominal”, heridas que fueron consideradas “de carácter graves”.
Ese interno se llama Sergio Silva Agüero y por las lesiones que presentaba fueron en principio acusados de torturarlo los efectivos del SPB a los que un jurado popular declaró el pasado martes “no culpables”.
Para aquel entonces, Cuadrado y Gallo eran jefes del sector del penal en donde estaba alojado el recluso.
De acuerdo con el enfoque que hiciera el Fiscal y no prosperó para el jurado, los acusados habían agredido al recluso cuando éste se encontraba en una celda ubicada en el “área de separación de convivencia”.
Citterio sostuvo que al preso los efectivos acusados le aplicaron diferentes golpes, hasta trasladarlo a otro sector de ese mismo pabellón en el que continuaron agrediéndolo.
El Fiscal afirmó también que esas lesiones consideradas graves que sufrió fueron las que obligaron a que le tuviera que ser extirpado el páncreas.
Para eso, el preso tuvo que ser trasladado al Hospital de General Alvear, luego a un centro asistencial en Saladillo y, finalmente, a otro que está en Merlo, el lugar donde le efectuaron la operación.
El planteo del abogado Dávila apuntó a demostrar que no fueron sus defendidos quienes lesionaron al interno.
En ese contexto, habló de que Silva -considerado un interno peligroso y de un alto nivel de conflictividad- intentó suicidarse en el marco de una protesta para que lo trasladaran a otro penal y que tanto “Cuadrado como Gallo le salvaron la vida”, en momentos que lo descolgaron después de que quiso ahorcarse.
Además, el Defensor Particular afirmó en el juicio que diferentes lesiones que el interno presentaba las tenía después de que los efectivos del SPB imputados dejaron de estar ese día con él. Y señaló que cuando el preso fue descolgado, en el marco de un simulacro de ahorcamiento que él mismo montó sobre la base de esa protesta que llevaba adelante para ser trasladado a otra unidad, agredió a ambos efectivos del SPB, quienes para contrarrestar ese ataque sólo se defendieron.
El dato
La sala que la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal posee en el tercer piso de los Tribunales con sede en esta ciudad fue el lugar donde se desarrolló este proceso. Ambos efectivos del SPB declararon ni bien el juicio se inició. Y también brindó su testimonio el recluso que afirmaba haber sido torturado por los acusados a los que después el jurado terminó absolviendo.
Gentileza: Fabián Sotes, Diario El Tiempo
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