16/11/17

Responsabilidad Fiscal: cómo serán los premios y castigos para los municipios

A partir del 1° de enero próximo los municipios bonaerenses no podrán endeudarse ni recibir ayuda económica de Nación o Provincia si no cumplen una serie de metas fiscales e impositivas que serán monitoreadas por el Gobierno provincial
A partir del 1° de enero próximo los municipios bonaerenses no podrán endeudarse ni recibir ayuda económica de Nación o Provincia si no      cumplen una serie de metas fiscales e impositivas que serán        monitoreadas por el Gobierno provincial, que a su vez impulsará un        nuevo “pacto impositivo” entre las comunas para evitar disparidades            en el cobro de tasas.
Así lo dispone la nueva Ley de Responsabilidad Fiscal Municipal,      aprobada en la última sesión por la Legislatura junto con el            Presupuesto y la Ley Impositiva para 2018. Si bien la adhesión a la          norma es optativa y debe ser refrendada por los concejos deliberantes,        el precio de no firmar será alto para los intendentes, ya que les cierra el acceso a nuevos créditos (para salir al mercado financiero necesitan la autorización de la Provincia) y les bloquea la posibilidad de recibir “asistencia financiera provincial y/o nacional”, expresada          principalmente a través de adelantos de Coparticipación o Aportes del Tesoro Nacional (ATN), herramientas a las que suelen apelar para salir          de apuros financieros, como la escasez de recursos para pagar salarios.
Según publicó hoy Diario Extra que edita Agencia DIB, la norma, ideada      por la gobernadora María Eugenia Vidal y su Ministro de Economía,      Hernán Lacunza, comparte metas con el pacto fiscal que el Gobierno nacional busca cerrar con las provincias: eliminación del déficit,        reducción de contrataciones de personal y armonización de los          sistemas impositivos locales entre sí y con la Provincia.
La nueva ley, que entrará en vigencia a principios del año que viene,        limita el aumento de los gastos corrientes al índice de inflación          difundido por el Indec para aquellas comunas que en el ejercicio          anterior hayan presentado déficit. En tanto, propone que a partir de          2020 el tope quede atado a la evolución del Producto Bruto Geográfico (PBG). También impone una cláusula para impedir que los intendentes aumenten gastos de forma permanente en los últimos seis meses de gestión, de modo de evitar “herencias” indeseadas para los sucesores.
En otro orden, la ley dispone que la contratación de nuevo personal          (tanto en planta permanente, temporaria y contratada) no supere el crecimiento poblacional, tomando como base la situación al 31 de      diciembre de 2017. Solo habrá excepciones cuando se transfieran      servicios a las comunas o se incorporen funciones en reemplazo del      sector privado.
Finalmente, también limita la toma de deuda, al prohibir que los          servicios por el pago de intereses de las mismas no superen el 10%              de los recursos corrientes previstos para cada año.

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