UN JOVEN FUE CONDENADO A UN AÑO DE PRISIÓN
La pena, de efectivo cumplimiento, se la impuso en primera instancia un juez a un azuleño que había sido aprehendido cuando tenía marihuana. También, por cometer dos hurtos y por intentar sustraer elementos de un vehículo.
Condenado como “reincidente” por varios antecedentes penales computables que lo llevaron a estar preso, un azuleño fue sentenciado días atrás a un año y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento y al pago de una multa de 300 pesos en un juicio que se hiciera en un Juzgado Correccional local por cuatro causas penales donde figuraba como imputado.
El joven condenado en esta primera instancia, según informaron voceros judiciales, se llama Alexis Carlos Octavio Dinápoli y tiene 29 años.
En un debate llevado a cabo en el Juzgado Correccional 2, el juez Héctor Torrens lo halló autor penalmente responsable de los siguientes delitos: tenencia ilegítima simple de estupefacientes, hurto simple, hurto simple y hurto simple en grado de tentativa, todos ellos en concurso real entre sí.
Uno por uno
Uno de los hechos por los que fue condenado el encausado se produjo en horas de la mañana del 25 de noviembre de 2015. Ese día, en inmediaciones de la Lamadrid y Malvinas de esta ciudad, Dinápoli “poseía ilegítimamente entre sus pertenencias un trozo compacto de picadura de marihuana (cannabis sativa) con un peso total de 1,8 gramos; un segundo trozo compacto de la misma sustancia que arrojó como resultado un pesaje de 194,7 gramos y un tercer trozo compacto que arrojó como resultado un peso total de 18,1 gramos también de marihuana”, escribió el juez en el fallo.
El joven había sido aprehendido por personal policial después de que se recibiera un llamado al teléfono de emergencias donde una vecina informaba que instantes antes había ingresado a su casa con fines de robo.
Cuando fue arrestado, la droga la llevaba dentro de una mochila de la que intentó descartarse.
“Pese a la aludida condición de consumidor de marihuana -escribió el juez en el fallo con relación al encausado-, concurren elementos que descartan la pretensión defensiva de ubicar la probada tenencia de ese estupefaciente en el ámbito de la posesión exclusiva con fines de consumo personal”, ya que según pericias que se hicieran “la cantidad que llevaba consigo era equivalente a 593 dosis umbrales mínimas y permitía el armado de 415 cigarrillos o porros”.
Dinápoli -según quedó probado también- cometió el 16 de diciembre de 2016 un hurto, cuando durante las primeras horas de ese día sustrajo de un auto que estaba parado en España entre Sarmiento y Salta un par de zapatillas, un reproductor de MP3 y una pinza.
El propio damnificado por el hecho, un policía del Destacamento Bomberos local, al advertir la maniobra salió a la calle y redujo al encausado, por lo que instantes más tarde efectivos de seguridad lo aprehendieron.
Ese mismo día cometió también otro hurto. Fue cuando de otro auto, un Ford Escort que estaba parado en Rauch entre Salta y Amado Diab, sustrajo una malla de mujer, una pistolera de color negro propiedad de un policía, un sello y una mochila.
El cuarto de los ilícitos por los que fue condenado en este juicio, un intento de hurto, lo cometió el 4 de febrero del año pasado. Poco antes de la hora cinco de ese día, el joven ingresó a un utilitario Peugeot Partner que estaba parado sobre Rivadavia y Tandil, de donde intentó sustraer diferentes elementos, “no logrando su cometido toda vez que personal policial dependiente del Comando de Patrullas de Azul se lo impidió” al arrestarlo, en momentos que intentó darse a la fuga en una moto en la que andaba.
El dato“La reiteración delictiva” fue valorada como una agravante a la pena impuesta al encausado, una circunstancia “demostrativa de una mayor peligrosidad”, escribió el juez en el fallo.
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