Quedaron en libertad los tres detenidos por causa de Fraude en perjucio de la administración pública y Juego Clandestino
Uno de ellos debió hacer efectiva una fianza de 500.000 pesos
En las últimas horas, recuperaron la libertad los tres detenidos por la causa de "Fraude en perjucio de la administración pública y Juego Clandestino", tras allanamientos realizados por la Policía Comunal de General Alvear en nuestra Ciudad y Saladillo. Se trata de Mariano Dimasi y Mónica Lucrecia Henriquez, aprehendidos en General Alvear y Claudio Daniel Lilli, aprehedido en Saladillo. Este último, salió en libertad tras pagar una fianza de 500.000 pesos.
La investigación y el proceso continuan.
EL CASO SEGÚN EL PARTE DE PRENSA DE LA POLICÍA COMUNAL DE GENERAL ALVEAR
La Jefatura de Policía Comunal de Gral. Alvear informa que personal del Gabinete de Prevención mediante una exhaustiva investigación llevada a cabo en nuestra localidad y en la vecina ciudad de Saladillo, pudo establecer que personas de manera organizada operaban y explotaban un sistema ilegal de apuestas y de juegos de azar efectuándolo bajo la modalidad online, ocasionando con ello un perjuicio al fisco provincial.-
A raíz del trabajo mancomunado de la Policía con la Fiscalía, y de las tareas de inteligencia en forma encubierta por parte del personal del Gabinete de Prevención de la comisaría local llevado a cabo en ambas ciudades, se fueron colectando distintas pruebas que se plasmaron en la causa abierta primeramente por una presunta infracción al artículo 301 bis del Código Penal.- De este modo se logró obtener las correspondientes órdenes de allanamientos para ingresar a las viviendas de los involucrados, proceder a sus detenciones y registrar sus domicilios en busca de más material incriminatorio como ser equipos de informática, y dinero recaudado por el juego ilegal.-
A raíz del trabajo mancomunado de la Policía con la Fiscalía, y de las tareas de inteligencia en forma encubierta por parte del personal del Gabinete de Prevención de la comisaría local llevado a cabo en ambas ciudades, se fueron colectando distintas pruebas que se plasmaron en la causa abierta primeramente por una presunta infracción al artículo 301 bis del Código Penal.- De este modo se logró obtener las correspondientes órdenes de allanamientos para ingresar a las viviendas de los involucrados, proceder a sus detenciones y registrar sus domicilios en busca de más material incriminatorio como ser equipos de informática, y dinero recaudado por el juego ilegal.-
Es así que fecha 18 cte. en horas de la noche, dos grupos operativos perteneciente a la Estación de Policía Comunal de Gral. Alvear, y contando con el beneplácito de S.S Dra. Magdalena Ana Forbes procedieron a llevarse a cabo dos allanamientos obteniéndose un resultado altamente positivo.-
En la ciudad de Saladillo se procedió a la detención de CLAUDIO DANIEL LILLI y se secuestró en su vivienda computadoras, notebook, netbook, tablet, teléfonos celulares, anotaciones de importancia para la presente investigación como ser nombre de personas y valores de apuestas; además se secuestro una importantísima suma de dinero, dólares, y dinero de diferentes nacionalidades, como así también cheques de distinto valores.-
En la ciudad de Saladillo se procedió a la detención de CLAUDIO DANIEL LILLI y se secuestró en su vivienda computadoras, notebook, netbook, tablet, teléfonos celulares, anotaciones de importancia para la presente investigación como ser nombre de personas y valores de apuestas; además se secuestro una importantísima suma de dinero, dólares, y dinero de diferentes nacionalidades, como así también cheques de distinto valores.-
En el domicilio de Alvear se procedió a la detención de MARIANO DIMASI, y MONICA LUCRECIA HENRIQUEZ, y en su vivienda se secuestró una importante suma de dinero recaudado por el juego, teléfonos celulares, una computadora, y anotaciones varias con nombre de clientes e importe de las jugadas.-
Estas personas están privadas de su libertad en orden al delito de FRAUDE EN PERJUICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA Y JUEGO CLANDESTINO PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 174 INCISO 5) Y 301 BIS CÓDIGO PENAL, y se encuentran alojados en la comisaria a la espera de su excarcelación o de ser trasladados a una Unidad Carcelaria.
No hay comentarios:
Publicar un comentario