UN AGENTE DEL SERVICIO PENITENCIARIO Condenado y, desde ayer, detenido
Después de que el martes que pasó un Tribunal azuleño condenó a un Alcaide Mayor a cuatro años de prisión por los delitos de “incumplimiento de los deberes de funcionario público y severidades” y ordenó su detención, al encausado lo arrestaron en Bolívar. La Cámara Penal había rechazado un habeas corpus que el abogado del efectivo del SPB presentó en busca de revocar esa medida cautelar.
Un día después a que un agente del Servicio Penitenciario Bonaerense fue condenado en un juicio por una serie de irregularidades cometidas en la Unidad 30 con la administración de los alimentos para la comida de los presos, ayer se hizo efectiva su detención, medida cautelar que había sido ordenada por los jueces que intervinieron en este debate.
De acuerdo con lo informado, la detención de uno de los imputados que tiene esta causa penal por la que también había sido condenado otro efectivo del SPB se llevó a cabo en Bolívar, la ciudad donde actualmente reside.
De esa manera el Alcaide Mayor (EG) Ricardo Antonio Ferraiuolo -que es oriundo de Olavarría y tiene 40 años de edad- resultó detenido ayer.
Al mismo tiempo, la Cámara Penal de Azul había rechazado un habeas corpus a favor del agente penitenciario presentado por Sergio Roldán, el abogado que representó en el juicio que finalizó el martes pasado al efectivo del SPB que ahora está preso.
Mientras que el penalista olavarriense consideraba “arbitraria e ilegal la orden de detención” para su defendido dispuesta por los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal número 2 que lo condenaron en esta primera instancia, desde la Cámara Penal el habeas corpus fue rechazado por “improcedente”.
Damián Cini y el juez Correccional Aníbal Álvarez integraron el máximo tribunal departamental para dar respuesta a ese recurso, que ayer al ser denegado terminó confirmando la detención para el agente del SPB.
“Al haberse fundado la detención ordenada en la imposición de una pena de efectivo cumplimiento y en la grave actitud de entorpecimiento probatorio asumida por el encartado durante la investigación, de lo cual se tomó conocimiento en el debate (lo que evidencia que el causante se vale de cualquier medio a su alcance para frustrar los fines del proceso), se advierte la concurrencia de peligros procesales que tornan razonable la cautelar dispuesta”, escribió Cini en el dictamen.
El camarista, en respuesta a los argumentos esgrimidos por el abogado de Ferraiuolo para que su detención quedara sin efecto, agregó: “Las invocaciones que hace la Defensa respecto de la existencia de arraigo y de una familia son meras alegaciones genéricas que no han sido debidamente fundadas y que no tienen entidad para neutralizar el peligro de elusión de la justicia aludido precedentemente”.
Condenados
El martes que pasó Ricardo Antonio Ferraiuolo y otro Alcaide Mayor del Servicio Penitenciario de la Provincia, llamado Hernán Alberto Medrano -oriundo de Dolores, de 47 años de edad y actualmente viviendo en Saladillo- fueron condenados por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y severidades, en concurso ideal de acciones.
Ambos fueron hallados autores de una serie de graves irregularidades cometidas en la Unidad 30 con la administración de los alimentos que en ese penal se recibían para elaborar la comida de los presos.
Los jueces Carlos Pagliere (h), Gustavo Abudarham y Alejandra Raverta -miembros del Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul que intervinieron en este juicio- le impusieron las penas más severas al agente penitenciario que ahora está preso: cuatro años de prisión y ocho años de inhabilitación especial para ejercer cargos o funciones públicas.
En el caso de Medrano, fue condenado a dos años de prisión en suspenso e inhabilitado por un plazo de cuatro años para trabajar como empleado estatal.
De acuerdo con lo que quedara demostrado en el juicio, primero Medrano -durante dos meses- y después Fearriuolo, entre febrero de 2010 y diciembre de 2011, estuvieron a cargo del depósito de la Unidad 30, la cárcel del SPB que está en General Alvear.
Como tales, recibían la mercadería que día tras días se usaba para elaborar la comida para los presos, circunstancias durante las cuales cometieron esos ilícitos por los que fueron condenados.
Según se pudo determinar en el debate, gran parte de esa mercadería, en realidad, no se usaba para elaborar los menús para los reclusos, ya que los alimentos eran desviados de su destino original, al mismo tiempo que esa comida que los presos consumían distaba bastante de ser un menú adecuado.
Al respecto, en un tramo de ese extenso fallo donde los agentes del SPB fueron condenados, el juez Pagliere (h) había señalado que “según los libros, los presos comían como príncipes; pero la realidad es que comían como mendigos”.
Entre los testigos convocados a este proceso, que tuvo como escenario la sala del TOC 2 que está en el segundo piso del edificio de Tribunales, hubo varios presos; quienes para la época en que se situó a la ocurrencia de estos hechos, relacionados con episodios de corrupción en un contexto carcelario, estuvieron privados de la libertad en la Unidad 30.
Las versiones de todas esas personas fueron prácticamente coincidentes en indicar que las raciones de comidas que recibían eran escasas, llegando incluso en algunas ocasiones a tener que consumir alimentos que estaban podridos.
En ese sentido, más que contundente había sido lo afirmado en el debate por uno de los presos, quien sostuvo que “ni los animales” podían comer eso que les daban a ellos en la Unidad 30.
Cristian Citterio fue el fiscal que instruyó esta causa y quien representó al Ministerio Público en el debate.
En principio, había encuadrado los hechos en acusaciones por delitos más graves a los que finalmente derivaron anteayer en las condenas para ambos agentes del SPB, uno de los cuales ahora está detenido.
Además de Sergio Roldán, como defensores particulares del otro penitenciario condenado en esta primera instancia se desempeñaron durante el juicio los abogados azuleños Gabriel Di Giulio y Roberto Dávila.
En sus alegatos dados a conocer una semana antes a que ambos agentes resultaron condenados, habían pedido las respectivas absoluciones de sus defendidos. Solicitudes de los abogados que en esta primera instancia no prosperaron y que, seguramente, volverán a plantear cuando a este fallo lo recurran ante Casación.
El datoDespués de que había sido detenido en Bolívar, Ferraiuolo fue trasladado a General Alvear. En esa ciudad permanece por el momento privado de la libertad en la Estación de Policía Comunal. En diálogo con este diario, su abogado afirmó ayer que piensa insistir con el habeas corpus para que su defendido sea excarcelado. Pero ahora lo presentará ante Casación, teniendo en cuenta -desde su punto de vista- que la detención de su cliente ni siquiera la había pedido en su alegato el fiscal que intervino en el juicio y que se trata de una medida cautelar enmarcada en un fallo de primera instancia que todavía no está confirmado.
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