Una multa por no llevar casco va de 13.000 a 44.000 pesos
Es solo un ejemplo.Por negarse a control de alcoholemia: De 22.150 a 53.160 pesos
Ingresá a la nota e informate de los nuevos valores de las multas por distintas infracciones:
La Ley Nº 15.002 que modifica parcialmente a la Ley de Transito Nº 13.927 incorporo plazos de inhabilitación por circular alcoholemia. ( la ley anterior no lo estipulaba)
_6 meses si conduce con una alcoholemia superior a 0,5 mg por litro de sangre
_12 meses para el caso de que el infractor conduzca a 1,00mg por litro de sangre
_18 meses para el caso de que el infractor conduzca con una alcoholemia superior a 1,5 mg por litro de sangre.
Niveles de sangre permitido
_ Para Motos 0,2
_ Para Autos 0,5
_ Profesionales- 0.
Tambien la ley agrega que: Queda prohibido el suministro de combustible para ciclomotores, motocicletas etc…. cuando el conductor y acompañante no lleven consigo el casco reglamentario. Las estaciones de servicio que expenden combustible deberán colocar en los surtidores una leyenda “Protegemos tu vida: sin casco no hay combustible”.
Montos infracciones: se calculan en U.F. (unidades fijas) es la unidad de sanción y equivale a 1 litro de nafta especial (menor venta al público).
Este valor se determinara mediante una disposición D.P.P.S.V.- la disposición tiene una Vigencia de 2 meses-actualmente $44.30.
_La nueva reglamentación establece los siguientes montos.
_Conducir sin Licencia de Conducir 300 UF a 1.000 UF. Trasladados a pesos, es de 13290 a 44.300 pesos
_Licencia de Conducir vencida dentro de los 6 meses 50 UF a 100 UF. De 2200 a 4400 pesos
_No portar Licencia de Conducir (olvido) 50 UF a 100 UF. De 2200 a 4400 pesos
_Cedula de Identificación vencida 100UF. Equivalente a 4400 pesos
_Sin portar comprobante de Seguro 50 UF a 100 UF. De 2200 a 4400 pesos
_Sin Seguro vigente 300 UF a 1.000 UF. Trasladados a pesos, es de 13290 a 44.300 pesos
_Sin placa de identificación de dominio 300 UF a 1.000 UF. De 13290 a 44.300 pesos
_Faltando la placa de identificación (delantera o trasera) 50 UF a 100 UF. 2200 a 4400 pesos
_Sin portar matafuegos 50 UF a 100 UF. 2200 a 4400 pesos
_En motocicletas o ciclomotor que no lleven “correctamente “colocado el casco 50 UF a 100 UF. De 2200 a 4400 Pesos
_Por circular conductor y/o acompañante de motocicletas y ciclomotores “sin casco” 300 UF a 1.000 UF. Trasladados a pesos, es de 13290 a 44.300 pesos
_Por no usar cinturón de seguridad 50 UF a 100 UF. De 2200 a 4400 pesos
_Por negarse a realizar la prueba de alcoholemia 500 UF a 1.200 UF. En pesos sería de 22.150 pesos a 53.160 pesos
_Conducir en estado de intoxicación alcohólica 300 UF a 1.000 UF. De 13290 a 44.300 pesos
_Conducción de vehículos utilizando auriculares y/o sistemas de comunicación manual en el habitáculo del conductor 50 UF a 100 UF. De 2200 a 4400
_La conducción de cuatriciclo en lugares NO habilitados 300 UF a 1.000 UF. De 13.290 a 44.300 pesos
(Hay que tener en cuenta que la nueva Ley establece los cuatriciclos que solo pueden hacerlo en “corredores de circulación segura “.
_El suministro de combustible cuando el conductor o acompañante no lleven el casco será sancionado con 300 UF a 1.000 UF. De 13.290 a 44.300 pesos
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