28/3/19

Tras el cierre del Almacén 2010, no se podrá habilitar Supermercado o Hipermercado en el lugar

“La Ordenanza vigente es clara al respecto”, señalaron fuentes municipales y del legislativo:
Para nuevas habilitaciones los locales deben establecerse fuera      del límite de las cuatro (4) cuadras de actual Centro Comercial (tomando como referencia la Plaza Principal), y sobre las       Avenidas Principales y a un mínimo de 500 metros entre ellos.
Si el propietario del establecimiento comercial vendiera la llave        del negocio y/o el fondo de comercio, el comprador debe iniciar todo el trámite de habilitación nuevamente, en ningún caso se puede traspasar la habilitación.
Tras el enunciado y conocido cierre del Almacén 2010, alvearya consultó           a fuentes Municipales y del Concejo Deliberante, quienes coincidieron              en asegurar que en la esquina de San Martín y Mármol, no se podrá            habilitar un Supermercado, Hipermercado o Autoservicio. "La ordenanza aprobada y promulgada en el 2001, en aquella movida de Empresarios supermercadistas del momento pidiendo los cambios para que no desembarque Dia % y/o otra cadena a nuestra Ciudad, con arreglos en                el año  2013 y ahora la última, con algunas reformas y ampliada,              aprobada por unanimidad hace poco más de una semana,  es clara en                los artículos 2do y 7mo, en los que se refiere a la zonificación, usos y finalización de la actividad comercial", señalaron las fuentes              consultadas.
ARTICULO 2º:
DE LA ZONIFICACION Y USOS:
1) Para la localización de los establecimientos mencionados en el              Artículo 1, Inc. a) y b) de la presente Ordenanza, los mismos podrán establecerse fuera del límite de las cuatro (4) cuadras de actual Centro Comercial (tomando como referencia la Plaza Principal), y sobre las        Avenidas Principales y a un mínimo de 500 metros entre ellos.
ARTÍCULO 7°:
DE LA FINALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL
Si el propietario del establecimiento comercial vendiera la llave del            negocio y/o el fondo de comercio, el comprador debe iniciar todo el            trámite de habilitación nuevamente, en ningún caso se puede traspasar              la habilitación.

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