15/11/19

Pese a los tarifazos, el gobierno aprobó compensaciones millonarias a prestadoras de gas

El Enargas emitó una resolución por las Diferencias Diarias Acumuladas mensualmente.
El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) aprobó una compensación          de $ 24.524.715.128,43 por la devaluación a las prestadoras del servicio            de distribución de gas natural por redes, por las Diferencias Diarias Acumuladas mensualmente (DDA) entre el valor del gas comprado y el      incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1 de abril de 2018 y                el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del              tipo de cambio.
Lo hizo a través de la resolución 735/2019 y se precisó que las              prestadoras beneficiadas son Naturgy BAN, con $ 4.295.600.538,99;        Metrogas, $ 4.572.384.986,88; Camuzzi Gas Pampeana, $ 5.144.263.397,74; Camuzzi Gas del Sur, $ 3.407.375.811,45; Litoral Gas, $ 2.011.767.204,28; Gas Nea, $ 309.944.621,64; Gasnor, $ 778.783.460,88; Redengas, $ 122.300.593,11; Distribuidora de Gas del          Centro, $ 1.898.908.387,66; y Distribuidora de Gas Cuyana,                                      $ 1.983.386.125,80.
A su vez estas compañías abonarán esas diferencias a los proveedores Integración Energética Argentina (Ieasa), Tecpetrol, Total Austral,            Compañía General de Combustibles, Pan American Energy, Pan              American Sur, Wintershall Dea, Compañía Inversora de Energía (Cinergia), Pluspetrol, Pluspetrol Energía, YPF, Enap Sipetrol, Mobil, Pampa Energía,        Vista Oil & Gas, Roch, y nuevamente la misma empresa en              representación de la Unión Transitoria de Empresas denominada “Rio          Cullen Las Violetas”.
A través del decreto 1053/18 el Enargas determinó que el reconocimiento          de las DDA solo resultaría aplicable a aquellas prestadoras y proveedores        de gas natural que adhirieran al régimen instituido y renunciaran        expresamente a toda acción o reclamo.
Posteriormente la resolución 466/2019 aclaró que la adhesión implicaba              la aceptación íntegra del régimen instituido, sin reservas de ninguna              clase o naturaleza y, a la vez, la renuncia total, plena, incondicionada y definitiva a iniciar reclamos administrativos, arbitrales o judiciales de        cualquier naturaleza y en cualquier jurisdicción, local o internacional. Si          bien la fecha para presentar las solicitudes de adhesión era originalmente          el 15 de setiembre de este año, se extendió el plazo hasta el 25 de octubre último.
Previo a operar el vencimiento para solicitar su adhesión al régimen, las        firmas YPF, Pan American Energy, Pan American Sur, Compañía General            de Combustibles, Wintershall Dea y Litoral Gas interpusieron recursos de alzada contra la Resolución 466/2019, los cuales fueron elevados a la    Secretaría de Energía. Sin embargo, todas las recurrentes solicitaron posteriormente su adhesión al régimen, y suscribieron el modelo de        solicitud aprobado por la resolución cuestionada, lo cual implicaba su aceptación íntegra y sin reservas, y la renuncia a toda acción o reclamo derivado de las DDA.

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