Se prohíbe el uso y venta de pirotecnia sonora en Las Flores
Sólo se podrá comercializar la pirotecnia A11 y B3 y se prohibe la venta a menores de edad cómo así también no se podrán exhibir en la vía pública.
Luego de que derogue la Ordenanza N°3178/19 aprobada por el Concejo Deliberante y promulgada por el intendente dice en su Art. 1: “Deróguense las ordenanzas N° 2912/16 y su modificatoria ordenanza N° 2992/17 que prohíbe en la ciudad de Las Flores la fabricación, comercialización, depósito y venta al público, mayorista o minorista para uso particular, de cualquier tipo de pirotecnia y cohetería, sean o no de venta libre y/o fabricación autorizada, como asimismo el uso de cualquier tipo de estos elementos de pirotecnia.”
En la última sesión ordinaria del Honorable Concejo Deliberante, el pasado 28 de noviembre, se trató la nueva ordenanza, aprobada por unanimidad por los concejales, que prohíbe en la ciudad la utilización de pirotecnia sonora.
“Sólo se podrán utilizar fuegos de artificios de carácter lumínicos quedando prohibidos los audibles o sonoros informa el documento, mientras que la autoridad de aplicación será la Dirección de Inspección”.
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