26/3/20

Quienes pueden acceder al Ingreso Familiar de Emergencia de ANSES?

Este viernes deben comenzar a inscribirse
Es importante que los beneficiarios de la Asignación Universal        por Hijo (AUH) se abstengan de realizar esta pre-inscripción ya      que están automáticamente incluidos en el IFE y cobrarán los 10.000 pesos en la misma cuenta en la que reciben pagos todos      los meses. 
El IFE se otorgará a las personas que están desempleadas,      trabajen de manera informal, sean monotributistas de las    categorías “A” y “B” o, también, trabajadoras o trabajadores de casas particulares  quienes cobrarán esta ayuda a través de su CBU.
El viernes 27 de marzo deben comenzar a pre-inscribirse de acuerdo con sus números de              DNI en la página Web de la ANSES para llenar un aplicativo de pre-inscripción. En las            imágenes se pueden ver como es el calendario para hacer la pre-inscripción.

Es muy importante que los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) se          abstengan de realizar esta pre-inscripción ya que están automáticamente incluidos en                        el IFE y cobrarán los 10.000 pesos en la misma cuenta en la que reciben pagos todos los            meses.

El IFE se otorgará a las personas que están desempleadas, trabajen de manera informal,                sean monotributistas de las categorías “A” y “B” o, también, trabajadoras o trabajadores                  de casas particulares  quienes cobrarán esta ayuda a través de su CBU.

Para que todas estas personas puedan acceder al IFE deben cumplir dos requisitos:

1) Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no          inferior a dos años, y  

2) Tener entre 18 y 65 años de edad.
Asimismo, cualquiera que reúna estas condiciones sólo podrá acceder al IFE siempre que                    él o algún miembro de su grupo familiar no perciban ingresos provenientes:
a) de un trabajo en relación de dependencia público o privado;
b) de ser monotributista de categoría “C” o superior o del régimen de autónomos;
c) de una prestación de desempleo;
d) de jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales,            provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). 
e) de planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo                      u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los                        de la AUH o Embarazo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario