Coronavirus: La Municipalidad tomó nuevas medidas hasta el domingo 12 de abril.
Los comercios permitidos por decreto tendrán un horario de 7 a 18 horas.Los deliverys hasta las 20 horas.
DOMINGO 12 DE ABRIL DEBERAN ESTAR TODOS LOS COMERCIOS CERRADOS Y NI SERVICIO DE DELIVERY. (EXCEPTO ESTACIONES DE SERVICIO Y FARMACIA DE TURNO).
La Municipalidad de General Alvear luego de realizada la reunión con el comité de crisis, informa a toda la población que a partir del día de la fecha 5/4/2020 los horarios permitidos serán los siguientes:
- De 7:00 hasta las 18:00 horas panaderías, verdulerías, carnicerías, pollerías, fábrica de pastas, supermercados, minimercados, despensas y quioscos, repartidores de agua, comercios de venta de artículos de limpieza, ferreterías, aserraderos, veterinarias y farmacias. Estas últimas, continuarán brindando el servicio de turno.-
- El reparto a domicilio de comida elaborada y heladerías podrán ser realizados a través de servicio de delivery de 7.00 a 20.00 horas.
- Aquellos servicios que puedan considerarse de EMERGENCIA durante el aislamiento obligatorio, como casas de repuestos, gomerías, tornerías, talleres mecánicos, metalúrgicas, lubricentros y de electricidad entre otros, podrán trabajar a puertas cerradas y/o con guardia pasiva prestando servicio a los rubros exceptuados en el Art. N°6 del Decreto DNU 297/2020, publicando un número telefónico.-
- Servicio de remiseria luego de las 18:00 Hs, solo en caso de emergencia.
- Estaciones de Servicio hasta las 20.00hs.
- Cortadores de pasto y pileteros podrán ofrecer el servicio lunes, miércoles y viernes. De 13.00 a 16.00Hs.
- Puntos de pago (rapipago, pago fácil, etc.) Lunes, martes y miércoles de 9.00 a 13.00 hs. Habrá personal para el cumplimiento del distanciamiento social.
- Se seguirán realizando controles de precios máximos en los diferentes comercios de nuestra ciudad.
- Seguirán realizándose controles sanitarios de los diferentes accesos a la Ciudad.
DOMINGO 12 DE ABRIL DEBERAN ESTAR TODOS LOS COMERCIOS CERRADOS Y NI SERVICIO DE DELIVERY. (EXCEPTO ESTACIONES DE SERVICIO Y FARMACIA DE TURNO).
Es nuestro deber trabajar para cuidar a cada uno de nuestros vecinos, pedimos la toma de conciencia colectiva y responsabilidad social e individual.
(DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA; ARTÍCULO 205. - Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.
ARTICULO 239. - Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario