Lo que hay que saber sobre el permiso excepcional de circulación para varados en el país
Respuestas a todas las dudas, desde dónde se obtiene la certificación hasta si se puede ir a buscar a un familiar.
El Gobierno hizo saber este sábado que se expenderá una autorización excepcional para que los quedaron varados en el país puedan volver a su domicilio por vía terrestre, entre hoy y el martes. Aquí se intentan responder todas las preguntas que aparecieron sobre este permiso, llamado “Certificación para el Regreso a Domicilio Habitual”.
* ¿Dónde obtengo el permiso?
En el link https://regresoacasa.argentina.gob.ar.
* ¿Cuándo puedo obtener mi permiso?
A partir de hoy.
* ¿Cuál es la vigencia del permiso?
Desde hoy a las 0 horas al martes 21 de abril a las 24. Y tiene validez de 48 horas una vez tramitado.
* ¿Quién tiene que gestionar el permiso?
Un responsable del grupo que se traslada.
* ¿Qué habilita la declaración jurada?
La circulación del vehículo, con los pasajeros declarados, al destino de residencia.
* ¿Cuál debe ser el destino del permiso?
El domicilio de residencia donde se cumplirá con el aislamiento obligatorio.
* ¿Puedo acreditar domicilio con factura de servicios?
Sí.
* ¿Cuánta gente se puede trasladar?
La capacidad permitida por el vehículo.
* ¿Puedo ir a buscar a un familiar con mi vehículo?
Sí.
* ¿Se pueden alquilar vehículos?
No.
* ¿Se habilita el transporte de media y larga distancia?
No.
* ¿Por qué se anuncia con poca anticipación?
Para desalentar la circulación de casos injustificados.
* ¿Por qué se toma la decisión hoy?
Porque con seguridad los pasajeros cumplieron los 14 días de aislamiento recomendado para prevenir la propagación del coronavirus y podrán trasladarse de modo seguro para toda la población.
* ¿Quién controlará la circulación de estos casos excepcionales?
El Ministerio de Seguridad y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dependiente del Ministerio de Transporte, y las fuerzas de otras localidades.
DIB
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