8/5/20

Autorizan a niños y niñas de hasta 12 años a hacer compras junto a uno de      sus padres

Así lo dispone la Resolución 262 que lleva la firma del ministro        de Desarrollo Social, Daniel Arroyo, publicada hoy en el Boletín Oficial.
El Gobierno nacional autorizó este viernes que niños menores de 12 años puedan concurrir junto a uno de sus padres a los comercios de cercanía, cuando no puedan dejarlos en el hogar al cuidado de otro adulto        responsable, en el marco del aislamiento.
Así lo dispone la Resolución 262 que lleva la firma del ministro de          Desarrollo Social, Daniel Arroyo, publicada hoy en el Boletín Oficial, en la previa al anuncio que esta tarde realizará el presidente Alberto Fernández, donde dará a conocer detalles sobre la nueva fase de la cuarentena, que comienza el próximo lunes.
“Las y los progenitores o la persona adulta responsable, se encuentran autorizados para ingresar con sus hijos e hijas, o niños o niñas que se encuentren a su cargo, de hasta doce años de edad, a los comercios de cercanía habilitados para funcionar, de conformidad con las excepciones previstas en el ordenamiento vigente, siempre que no puedan dejarlos                en el hogar al cuidado de otro adulto responsable”, señala la norma.
En los considerandos, la medida indica que, “a partir de la experiencia recogida, se han realizado diversas interpretaciones” acerca del alcance            de la excepciones previstas al aislamiento y algunas “han sido erróneas              y han devenido en prácticas discriminatorias respecto de niños y niñas,            así como de sus progenitoras, progenitores y cuidadores que se han            visto impedidos de realizar algunas compras y trámites imprescindibles            en establecimientos en las inmediaciones de sus hogares”.
“En consecuencia, deviene necesario precisar que en caso de familias              que no tengan la posibilidad de dejar a niños o niñas de hasta doce (12)        años de edad, de acuerdo con el distingo efectuado por el artículo 25                del Código Civil y Comercial de la Nación respecto de las personas          menores de edad, al cuidado de otro adulto responsable en ocasión de concurrir a los comercios de cercanía que se encuentran habilitados              para funcionar, corresponde permitir su ingreso a dichos            establecimientos, en compañía de los niños y las niñas a su cargo”,          concluye la disposición.

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