“Ficha limpia”: Senadores radicales buscan que se implemente para ocupar cargos partidarios
Proyecto de Ley
Los legisladores bonaerenses, Alejandro Cellillo, Leandro Blanco, Flavia Delmonte, David Hirtz, , Agustín Máspoli y Emiliano Reparaz, pertenecientes al Bloque Juntos por el Cambio, presentaron en la Cámara Alta el Proyecto de Ley “Ficha Limpia”.
Eismo consiste en la modificación de la Ley Orgánica de los Partidos políticos y Agrupaciones municipales, incorporándose la prohibición, para acceder a cargos Partidarios a las personas condenadas, por delitos cometidos contra la Administración Pública, el orden Económico y Financiero y ciertos delitos contra la Vida, la Integridad Sexual, el Estado Civil y contra la Libertad, previstos en el Código Penal.
Con respecto a la presentación la iniciativa considera que “la realidad política requiere adaptaciones dinámicas frente a situaciones que la vida cívica enfrenta; desde la vuelta de la Democracia al País, la sociedad ha visto sucesivos comportamientos delictivos en la clase política que en la mayoría de los casos no han representado un impedimento para seguir accediendo a cargos electivos, sino incluso una motivación para poder respaldarse en los fueros que dichos cargos ofrecen, desnaturalizando la función tuitiva de los mismos”.
Los Legisladores coincidieron que el proyecto da respuesta a los reclamos de la sociedad y siendo su deber “diseñar políticas que permitan brindarle transparencia a la selección de candidatos, institucionalizando a través de la cristalización de normas un piso mínimo de referencia sobre las personas que pueden ser elegidas y no sólo mantenernos en la denuncia de situaciones éticamente reprobables”.
El proyecto de Ley, busca que sean los partidos políticos, agrupaciones municipales, federaciones, las alianzas transitorias constituidas a los fines de participar en elecciones primarias, así como en elecciones generales, las que modifiquen sus cartas orgánicas, actas constitutivas y reglamentos para garantizar que aquellas personas que pretendan postularse a cargos públicos electivos no se encuentren alcanzadas por los supuestos establecidos por la norma.
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