7/11/20

 Se creo el Fondo de Emergencia para el apoyo a la actividad económica comercial

Bloque de Concejales Frente de Todos.

ORDENANZA

ARTIULO 1º: Créase el Fondo de Emergencia para el apoyo a la Actividad Económica Comercial y de la escala PYME del Partido de General Alvear          en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido en      todo el Territorio Nacional con motivo de la Pandemia de Coronavirus        (COVID-19);
ARTICULO 2º: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a generar              en el Presupuesto de Gastos vigente, la partida “Fondo de Emergencia            para el Apoyo a la actividad Económica”, con un monto inicial de un millón      de pesos ($ 1.000.000) y a adecuar las partidas necesarias a efectos de        cumplir lo previsto en la presente Ordenanza.
ARTICULO 3º: Conformar un Consejo Asesor como administrador del          Fondo de Emergencia para el Apoyo a la Actividad Económica /FEAAE).
ARTÍCULO 4º: Conformación del consejo:
El Consejo Asesor estará integrado por dos miembros designados por el      Poder Ejecutivo Municipal, dos miembros de cada fuerza política con representación en el Honorable Concejo Deliberante, un representante de        los Comerciantes de General Alvear, un representante de la Federación      Agraria y un representante de los Empleados de Comercio.
ARTÍCULO 5º: Funciones del Consejo Asesor:
Establecer los requisitos necesarios para acceder al beneficio y            determinar el monto de la asistencia que podrá materializarse mediante              la entrega de subsidios y/o aportes reintegrables.
Evaluar puntualmente cada uno de los pedidos y emitir dictamen sobre la procedencia o no de la ayuda solicitada.
ARTICULO 6º: La asistencia brindada en el marco de este fondo municipal          de emergencia no presenta incompatibilidades con ninguna otra modalidad      de asistencia provincial y o nacional ya existente.
ARTICULO 7º: El Fondo de Emergencia podrá ser financiado por subsidios          o aportes no reintegrables concedidos al Municipio con esta finalidad por    parte de Organismos públicos y/o privados, Provinciales, Nacionales e Internacionales.
ARTICULO 8º: Facúltese al Poder Ejecutivo Municipal a reglamentar la    presente.
ARTICULO 9º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase, Publíquese.

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