Policiales: Infracciones por ruidos molestos, resistencia a la autoridad, detención por desobediencia y secuestro de motocicleta.
Parte de Prensa Policía Comunal.
La Jefatura de Policía de Seguridad Comunal de Gral. Alvear informa a la población, que en el transcurso del fin de semana se labraron infracciones a cinco vecinos de esta ciudad, quienes en diferentes domicilios estaban ocasionando ruidos molestos, alterando el orden público y/o la paz de los distintos vecindarios.
Por tal motivo y tras constatarse las faltas, en todos los casos se labraron actuaciones por infracción al artículo nro. 74 inciso “D” y artículo nro. 77 de la Ley 8.031, con intervención de S.S., Dr. Darío J. IGLESIAS, Juez de Paz (Subrogante), a Cargo del Juzgado de Paz letrado de Gral. Alvear.
Es dable destacar que el artículo 74 inciso D de la Ley 8.031 establece: “sera reprimido con multa entre el quince (15) y el cuarenta (40) por ciento del haber mensual del Agente de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y/o arresto de dos (2) a treinta (30) días, el que con ruidos de cualquier especie, toques de campana, aparatos eléctricos o ejercitando un oficio ruidoso, de modo contrario a los reglamentos, afecten la tranquilidad de la población.”
Por su parte, el artículo nro. 77 de la Ley 8031 establece: “Serán reprimidos con multa entre el quince (15) y el cuarenta (40) por ciento del haber mensual del Agente de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, los que riñeran, profirieren gritos o de cualquier modo produjeren escándalo en lugares privados, de manera que altere el orden público o la tranquilidad del vecindario. Si los responsables no fueren identificados, la sanción se aplicará a los ocupantes de la finca o lugar donde el hecho se produjera.”
La Jefatura de Policía de Seguridad Comunal de Gral. Alvear informa a la población que la madrugada del 19 de diciembre, personal policial se hizo presente en un domicilio ubicado sobre Av. San Martín entre Lavalle y Av. Perón, tras recibirse una denuncia telefónica de que en el lugar había ruidos molestos, impidiendo el descanso de los vecinos.
Una vez en el lugar, efectivos policiales constataron que en el sitio se estaba escuchando música a muy alto volumen y que además se estaba desarrollando una reunión de personas, cuyos concurrentes proliferaban todo tipo de gritos, alterando la paz reinante del lugar.
Entrevistados con el responsable de la vivienda, se le solicitó que finalizara con la reunión de personas y cesara con los ruidos molestos, poniéndolo en conocimiento de que se iniciarían actuaciones contravencionales, para luego retirarse del domicilio.
Posteriormente, el infractor se apersonó en la Oficina de Guardia de la Comisaría local profiriendo todo tipo de insultos hacia el personal policial, haciéndolo en evidente estado de ebriedad, para luego egresar de la Dependencia, continuando con su actitud hostil hacia los uniformados. Por tal motivo, el personal interviniente dispuso su detención por infracción a los Artículos 72 y 74 inc. “A” de la Ley 8031, pero al momento de efectuar dicha detención, el causante opuso gran resistencia a la medida, lo que derivó en la utilización de la fuerza mínima e indispensable que el caso requería, siendo aprehendido también por el delito de Resistencia a la Autoridad.
Por lo expuesto se labraron actuaciones por infracción a los artículos 72 y 74 inc. A de la Ley 8031, con intervención de S.S. Dr. Darío J. I GLESIAS, Juez Subrogante del Juzgado de Paz de Gral. Alvear y por el delito de Resistencia a la Autoridad, con intervención del Dr. Cristian CITTERIO, a cargo de la UFIJ nro. 20 Descentralizada local, del Departamento Judicial Azul.
Esa misma madrugada, efectivos de la Comisaría local que se hallaban en la vereda de la Dependencia, pudieron observar como un masculino mayor de edad, vecino de este medio, le propinó un golpe de puño a otro joven, motivo por el cual intervinieron a la brevedad, procediendo a la detención del agresor, evitando de esta manera un mal mayor.
La víctima no presentó lesiones, motivo por el cual se iniciaron actuaciones por infracción al Artículo 38 de la Ley 8.031 (golpear o maltratar a otro sin causarle lesiones), con intervención de S.S. Dr. Darío J. IGLESIAS, Juez Subrogante del Juzgado de Paz de Gral. Alvear.
La Jefatura de Policía de Seguridad Comunal de Gral. Alvear informa a la población que la madrugada de fecha 20 de Diciembre, se iniciaron actuaciones por el delito de DESOBEDIENCIA, en virtud de que efectivos policiales que recorren las cuadrículas, intentaron interceptar a un vecino de este medio que circulaba por la zona céntrica de la ciudad a bordo de una motocicleta, sin casco colocado y realizando aceleraciones en vacío, lo que provocaba explosiones y ruidos molestos. Que al momento de ser interceptado, el infractor hizo caso omiso al personal policial, dándose a la fuga.
Labradas las actuaciones y enviadas a la Fiscalía de intervención, con fecha 21 del corriente, S.S. Dr. Juan José SUAREZ, titular del Juzgado de Garantías nro. 3 del Dpto. Judicial Azul, otorgó orden de allanamiento para el domicilio del imputado, como así también dispuso su DETENCION por el delito tipificado como “DESOBEDIENCIA”.
Por tal motivo personal de la Comisaría local, dando cumplimiento a las medidas dispuestas, procedieron al secuestro de una motocicleta marca APPIA, modelo BREZZA de 150 CC y efectivizaron la DETENCION del causante, quien en el día de la fecha compareció a la Fiscalía nro. 20 y continúa alojado en el sector de calabozos de la Comisaría local, a disposición del Juzgado de Garantías nro. 3 del Departamento Judicial Azul.
La Policía de Seguridad Comunal solicita a los vecinos que respeten las normas de tránsito, a los fines de prevenir accidentes, evitar infracciones y/o el secuestro de vehículos, recordando que es requisito indispensable para circular, la utilización de Licencia de Conducir habilitada para el tipo de vehículo utilizado, tarjeta verde y comprobante de seguro en vigencia, como toda otra exigencia establecida en la Ley 24.449.
Por otra parte, se recuerda que continúan los operativos de tránsito en diferentes puntos de la ciudad, como así también controles dinámicos, en donde los efectivos que recorren la jurisdicción y al advertir la comisión de una falta deben procurar hacer cesar la misma.
Se hace constar que ante aquellos infractores que con el objeto de evitar el control de tránsito realizan maniobras bruscas o intempestivas, poniendo en riesgo su integridad física y la de terceros, se iniciarán actuaciones penales por el delito de “DESOBEDIENCIA”, recordando que si bien los rodados no se logran retener al momento del operativo, sobre el infractor recae una CAUSA PENAL y para el vehículo utilizado imprudentemente es solicitado su SECUESTRO, efectivizando el mismo al momento de realizar los allanamientos, previa autorización judicial.
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