15/2/21

 Resistencia a la autoridad y daño infraganti

Parte de prensa Policía de Seguridad Comunal.

La Jefatura de Policía de Seguridad Comunal de Gral. Alvear informa que          en horas de la madrugada, efectivos de esta seccional se hicieron presentes      en un domicilio ubicado en inmediaciones de Av. 9 de Julio y calle Wallace,       en virtud de que en el lugar se estaba llevando a cabo una reunión de personas, quienes proferían gritos y poseían música a muy alto volumen, lo que derivó a que vecinos del lugar realizaran tres denuncias telefónicas por    los ruidos molestos que impedían el normal descanso.

Así las cosas, personal policial se entrevistó con los responsables de la vivienda, quienes en las dos primeras oportunidades se negaron a retirarse      del sitio, accediendo a bajar el volumen de la música, situación está que no     fue cumplida, ya que existió una tercer denuncia telefónica dando cuenta      que el volumen de música continuaba alterando la paz reinante del      vecindario. 

Por tal motivo se le informó al residente del lugar que se iniciarían    actuaciones contravencionales por la música a alto volumen y los ruidos molestos y que también se iniciarían actuaciones penales por infracción al artículo 205 del Código Penal. Que tal situación hizo que el infractor se      tornara nervioso, comenzando a proferir insultos al personal actuante,              lo que derivó en su aprehensión, a lo que el causante opuso resistencia              a la medida.

Controlada la situación y siendo trasladado el causante hasta el Hospital Municipal para su revisión médica, luego de recibir asistencia por el            médico de guardia, el aprehendido le propinó una patada a un escritorio de mencionado consultorio, produciendo la rotura del mismo, por lo que se lo volvió a aprehender por el delito de “DAÑO INFRAGANTI” y posteriormente trasladado hasta la dependencia policial.

Por todo lo expuesto se labraron actuaciones contravencionales por    infracción al artículo nro. 74 inciso “A”, artículo nro. 74 inciso “D” y          artículo nro. 77 de la Ley 8.031, con intervención de S.S., Dr. Darío J.   IGLESIAS, Juez de Paz (Subrogante), a Cargo del Juzgado de Paz letrado        de Gral. Alvear y se iniciaron actuaciones por infracción al artículo 205 del Código Penal y por los delitos de Resistencia a la Autoridad y Daño      infraganti, con intervención del Sr. Agente Fiscal Dr. CITTERIO titular de              la UFIJ nro. 20 Local del Dpto. Judicial de Azul.-

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