El cupo laboral travesti trans ya es ley
La norma establece que ese colectivo deberá acceder a al menos el 1% de los empleos estatales. Y aplica medidas de estimulo para que el sector privado también los contrate. La apoyó el FdT y JpC votó dividido, con rechazos y abstenciones.
El Senado de la Nación convirtió hoy en ley el proyecto de inclusión laboral para la población trans, travesti y transgénero, durante una sesión en la que oficialismo y oposición respaldaron la propuesta de manera unificada al considerarla “reparadora de derechos”.
El proyecto obtuvo 55 votos a favor y 1 en contra, mientras seis legisladores decidieron abstenerse.
La iniciativa fue apoyada por el Frente de Todos y sus aliados, en tanto que el bloque de Juntos por el Cambio votó dividido: el cordobés Ernesto Martínez lo hizo por la negativa, mientras que Roberto Basualdo (San Juan), Julio Cobos (Mendoza), Silvia Elías de Pérez(Tucumán), Laura Rodríguez Machado (Córdoba), Humberto Schiavoni (Misiones) y María Belén Tapia (Santa Cruz) se abstuvieron.
La ley establece que el Estado deberá contratar al menos el 1 por ciento de la dotación de la administración pública, en todas las modalidades de contratación regular vigentes, a personas travestis, trans y transgénero.
En su artículo 5, la ley establece que el Estado nacional, comprendiendo los tres poderes que lo integran, los Ministerios Publicos, los organismos descentralizados o autarquicos, los entes publicos no estatal empresas y sociedades del Estado, debe ocupar en una proporción no inferior al 1% la totalidad de su personal con personas travestis, transexuales y transgenero, en todas las modalidades de contratación regular vigentes.
A los fines de garantizar el cumplimiento del cupo previsto, los organismos públicos deben establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales o transgénero.
Además del cupo mencionado, el proyecto dice también que “a los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo en los términos de la presente Ley”.
También sostiene que para garantizar el ingreso y permanencia en el empleo no podrán ser valorados los antecedentes contravencionales de las/os postulantes, que resulten irrelevantes para el acceso al puesto laboral, y no podrán representar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo considerando la particular situación de vulnerabilidad de este colectivo.
Otro de los puntos dice que “los organismos comprendidos en la presente ley deben promover acciones tendientes a la sensibilización con perspectiva de género y de diversidad sexual en los ámbitos laborales,”
La nueva ley prevé incentivos para el sector privado que contrate personal trans al tomarse como pago a cuenta de impuestos nacionales y ese beneficio se extiende a un año y a dos en el caso de las pequeñas empresas.
“Celebro la sanción de la Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para personas Travestis, Transexuales y Transgénero Bandera transgénero”, expresó el Presidente Alberto Fernández desde su cuenta de Twitter, y añadió que “este logro es la continuación de los avances hechos con el decreto 721/2020 del Cupo Laboral Travesti Trans en el Sector Público Nacional”.
Por su parte, la vicepresidente Cristina Fernández, titular del Senado, dijo que si bien esta normativa es el “resultado de una lucha muy larga, todavía queda mucho por avanzar”. “Siempre por más derechos y más igualdad”, enfatizó la vicepresidenta. (DIB)
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