5/8/21

 Zona fría: cuándo comenzará a percibirse        el descuento en las boletas de gas

Enargas aprobó los nuevos cuadros tarifarios con descuentos        para 3 millones de usuarios.

El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) aprobó los nuevos cuadros tarifarios que instrumentan la reglamentación, conocida ayer, de la ley N° 27.637 de ampliación del régimen de Zona Fría, y establecen beneficios          para 3,1 millones de usuarios del servicio de redes.

Los nuevos valores entrarán en vigencia desde el día de la publicación de      esas normas en el Boletín Oficial, y los impactos en la facturación llegarán          a los usuarios/as del servicio en función de los cierres de lectura de cada período de consumo, con “un impacto progresivo desde finales de este        mes, que aumentará sucesivamente en los siguientes”, indicó el Enargas.

El interventor del organismo, Federico Bernal, explicó que la rebaja, de          entre el 30% y 50% sobre la tarifa vigente, “empezará a percibirse a partir          de fines de agosto de forma moderada, para ir creciendo con las facturas          de septiembre y octubre”, lo cual variará de acuerdo con los cierres de        lectura de cada prestadora.

Bernal destacó que el beneficio alcanzará a más de 12 millones de        personas, al reconocer una demanda histórica que alcanza a 15 provincias          y 231 departamentos del país.

La ampliación del régimen de zona fría, que ya abarcaba a Chubut, La        Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e            Islas del Atlántico Sur, incorpora ahora a Córdoba, Salta, San Juan, San          Luis, Santa Fe y extiende las zonas beneficiadas en los casos de Buenos      Aires y Mendoza.

De hecho, en la provincia de Buenos Aires un total de 94 municipios bonaerenses –el 70% del territorio– quedaron incluidos en la ley nueva de      Zona Fría, lo que implica que 1,24 millones de usuarios pasen a pagar          entre 30% y 50% menos en sus facturas de gas.

Los nuevos cuadros tarifarios deberán ser difundidos por las licenciatarias      en sus áreas de prestación, y comunicados a todos los subdistribuidores autorizados a operar dentro de sus respectivas áreas. (DIB

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