Tapalqué: Movilización para pedir por la libertad de Martín Alfaro
Fue condenado a seis años de prisión
Dos días después a que fuera condenado a seis años de prisión y que se presentara en sede policial para que se hiciera efectiva su detención, ordenada por el mismo Juez que le dictara la referida sanción, en Tapalqué se realizó una movilización para pedir por la liberación del declarado autor de un hecho de abuso.
De 51 años y oriundo de esa vecina ciudad, actualmente el hombre está privado de la libertad en la Estación de Policía Comunal de General Alvear, a la espera de que se consiga un cupo para su posterior traslado a una unidad penal de la zona.
El pasado jueves, decenas de personas se movilizaron por las calles en apoyo a la situación del encausado, a quien consideran inocente de este hecho por el que resultó condenado, lo cual sucedió doce años más tarde a que fuera denunciado.
La condena de primera instancia para el acusado fue el resultado de un juicio que en el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Azul había comenzado a principios de diciembre.
Este martes que pasó se anunció el fallo para el hombre imputado, consistente en la imposición a modo de condena de la ya referida pena de seis años de prisión.
"Libertad para un buen padre", decían pequeños carteles que las personas que protagonizaron ayer jueves esta movilización en Tapalqué exhibían durante lo que fue la marcha.
También el pasado jueves, desde la Cámara Penal departamental con asiento en el tercer piso del Palacio de Justicia de Azul sus integrantes rechazaron un habeas corpus que Luciano Di Pietro, el abogado del encausado, había presentado en busca del cese de la medida de coerción que tiene actualmente a su cliente privado de la libertad en la sede de la Estación de Policía Comunal de la ciudad de General Alvear.
Ese recurso declarado "improcedente" fue rechazado por los actuales miembros de la Cámara Penal: Carlos Pagliere (h), Damián Cini y Agustín Echevarría.
"El sometimiento a proceso del investigado -que había llegado en libertad al juicio que el pasado martes finalizó con su condena- hasta el dictado del pronunciamiento en cuestión y las restantes circunstancias invocadas por la Defensa no resultan un obstáculo para el dictado de la orden de detención cuestionada. Al respecto, debe tenerse presente que la situación procesal del causante ha variado sustancialmente. Máxime, si tenemos en consideración que la sanción fijada supera ampliamente la base penal establecida por el artículo 119, primer y último párrafo, del Código Penal", sostuvo el camarista Agustín Echevarría al aludir a la norma que se tradujo en el arresto del encausado, que para este tipo de hechos contempla penas de prisión que van desde los tres a los diez años.
"En efecto -sostuvo ese Juez, y a lo concluido adhirieron con sus respectivos votos los demás miembros de la Cámara Penal- en vista del aumento verificado de peligro cierto de frustración de los fines del proceso resultante de la sentencia, se infiere que no es posible presumir que el riesgo de fuga pueda evitarse por la aplicación de una medida menos gravosa que la impuesta".
Fuente: Diario El Tiempo
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