La cantidad de beneficiarios que percibirán el bono de $10.000 que        abona la Anses a trabajadores informales, monotributistas de las    categorías más bajas y otros sectores golpeados por las medidas de distanciamiento social impuestas para enfrentar la pandemia de    coronavirus COVID-19 puede ampliarse en un más de 1 millón de      personas, dada la asignación presupuestaria extra que movilizó el    Gobierno.
Con las últimas modificaciones presupuestarias, la Secretaría de      Hacienda contará con $89.630 millones para el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), monto suficiente como para beneficiar a 1,1 millón        más de personas que solicitaron la asistencia del Estado.
Según los datos que había dado a conocer la Anses, antes de que le pidieran la renuncia a su titular, Alejandro Vanoliun total de 7.854.316 personas (entre beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación Universal por Embarazo e inscriptos que cumplen con los requisitos del programa extraordinario) recibirán el beneficio.
El presupuesto asignado alcanza ahora para 8,9 millones de        beneficiarios.
Esos resultados iniciales más que duplicaron las expectativas              iniciales de que la transferencia llegara a 3,6 millones de familias.              Pero las inscripciones no se terminaron allí. Hubo una prórroga para          que más personas puedan solicitarlo y para que potenciales          beneficiarios que habían sido rechazados tuvieran una segunda oportunidad en caso de que consideraran que cumplían con los        requisitos.
La segunda oportunidad para calificar al bono de la Anses contó con          una aplicación en la página del organismo que permite ingresar un        reclamo entre los días 22 de abril y el 20 de mayo, según un          cronograma basado en la terminación de los números de documento.
Los motivos para un reclamo ante el rechazo original pueden ser              varios. Por ejemplo, fallas en los datos de contacto. También un            cambio de domicilio o de estado civil, dado que la asignación se              otorga a familias y no a personas, en una pareja separada que no          informó el cambio de domicilio alguno de los dos miembros puede          haber resultado rechazado a pesar de calificar para el IFE.
A partir del 21 de mayo, los que no lograron hacer el reclamo en la            fecha que les correspondía podrán volver a intentarlo. De ese tipo de reclamos, y otras modificaciones menores al universo de              beneficiarios, es que puede surgir el aumento en la partida        presupuestaria para el bono.
La modificación presupuestaria que asigna fondos extra para el IFE              fue publicada por la Oficina de Presupuesto del Congreso en su            informe Impacto Financiero del COVID-19 al 28 de abril 2020.
Paso a paso para realizar el reclamo
- Ingresar a la página anses.gob.ar desde una computadora o celular              a la sección Atención Virtual, donde se puede hacer el reclamo sobre            el IFE de acuerdo al cronograma según la terminación de tu DNI.
- Tener a mano número de CUIL y Clave de la Seguridad Social, que              es el código personal para hacer trámites en línea en forma segura.            Los que no tienen clave, pueden crearla en la página.
- Revisar que los datos de contacto que aparecen en pantalla sean correctos, ya que las novedades del reclamo se van a recibir por            correo electrónico o mensaje de texto. Para actualizar esos datos,        ingresar al link que aparece en pantalla.
- Hacer hace clic sobre “Reclamar beneficio IFE no cobrado”.
- Elegir una de las opciones: Trabajador o trabajadora informal;        trabajador y trabajadora de casas particulares; monotributista social y monotributista de las categorías A y B, según el caso. De acuerdo a la situación, la Anses puede pedir modificación de datos personales
- Para cambiar fecha de nacimiento, residencia o domicilio, se debe presentar foto de frente y contrafrente del DNI nuevo.
- Para cambiar estado civil, se debe presentar foto de frente y        contrafrente del DNI nuevo, testimonio o sentencia de divorcio o      inscripción marginal en partida de matrimonio o, en el caso de        separación de hecho, la declaración jurada o información sumaria        judicial o administrativa. O la declaración jurada de la baja de        convivencia.
- Se pueden subir los documentos escaneados o sacarles fotografías        con un teléfono celular. Para que la documentación sea aceptada,            debe verse en forma clara, completa y no tener reflejos de luces flash            u otras luces que manchen la imagen.
- Una vez adjuntado los archivos, hacer clic en “enviar”.