El Gobierno estableció precios máximos para alcohol en gel y los barbijos
Los barbijos no quirúrgicos no podrán salir más de $40 y el valor del alcohol en gel irá de $110 (60 mililitros) a $500 (1000 mililitros).
El Gobierno Nacional estableció este viernes los precios máximos para el alcohol en gel y para los barbijos no quirúrgicos con el objetivo de asegurar el derecho de los consumidores en la prevención y el cuidado frente a la pandemia del coronavirus. Los barbijos no quirúrgicos no podrán salir más de $40 y el valor del alcohol en gel irá de $110 (60 mililitros) a $500 (1000 mililitros).
“Que el Gobierno Nacional debe garantizar los derechos esenciales de la población y su goce efectivo, siendo un interés prioritario tener asegurado el acceso sin restricciones a los bienes básicos, especialmente aquellos tendientes a la protección de la salud individual y colectiva”, comienza explicando la resolución 115 de la Secretaría de Comercio Interior, publicada en el Boletín Oficial .
Se intimó a todas las empresas que forman parte de la cadena de producción, distribución y comercialización del alcohol en gel y sus insumos, a incrementar su producción hasta el máximo de la capacidad instalada y a informar semanalmente los precios de venta de tales bienes durante el período de vigencia de la citada resolución.
También informaron el control de precios para los barbijos no quirúrgicos y termómetros a los precios del 6 de marzo, a través de la resolución 114/2020.
Esto es, según explican en el Boletín Oficial, porque se registraron “aumentos en insumos sanitarios críticos para la atención y mitigación de la pandemia del Coronavirus COVID-19”.
“A los fines de asegurar la protección sanitaria y evitar situaciones de contagio, es menester garantizar el acceso a diversos productos críticos de la salud en condiciones razonables, justas y equitativas por parte de la población”, resaltan.
Advirtieron además que es necesario que se limite la comercialización de los barbijos para uso profesional: “Los barbijos tipo N95 y/o quirúrgico y/o TRICAPA, sólo puedan ser adquiridos por aquellas personas humanas que acrediten su condición como profesionales y personal del sistema de salud”.
En lo que refiere a los termómetros establecieron que “todos los agentes económicos que conforman la cadena de producción, distribución y comercialización, la retrocesión transitoria de los precios de venta del ‘termómetro corporal de contacto’, a los valores vigentes al día 6 de marzo del corriente año”. (DIB)
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