9/7/19

Pedirán que la Corte intervenga para que      no corten el gas a quienes no puedan        pagar la tarifa

La presentación la hizo
Sergio Procelli, titular de Consumidores Argentinos, luego de        que la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió dejar sin efecto la cautelar que impedía los cortes en el servicio.
La ONG Consumidores Argentinos presentó una nueva apelación a la medida de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que dispuso la semana pasada invalidar la          medida cautelar decidida por el juez federal de Dolores Alejo Ramos      Padilla -de mayo del 2018- que dejaba sin efecto la posibilidad de          ejecutar los cortes de gas a aquellos grupos vulnerables que no        pudieran afrontar su costo.
El viernes el Dr. Sergio Procelli, titular la ONG ya había hecho una presentación aunque ésta fue rechazada -por los jueces Jorge              Esteban Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández- por lo que ayer              el pedido se centró en la intervención de la Corte Suprema de Justicia.
“Lo que está en discusión, más allá de la cautelar que impedía los          cortes, es si los jueces del interior pueden intervenir en este caso, que          es de jurisdicción  nacional”, explicó Procelli al portal TiempoSur.
Destacó que para la Cámara que desestimó la cautelar, las        presentaciones judiciales deben hacerse en la justicia de Capital          Federal, lo que implicó que no correspondiera a la medida que dictó              el Juez de Dolores el año pasado.
“Es decir que quien no sea de Capital Federal debe viajar a Buenos          Aires para cuestionar cualquier tema de la tarifa del gas, lo cual es              una locura”, advirtió.
Además resaltó que para esta cámara la vulnerabilidad de los              usuarios que no pueden afrontar el pago del gas “no estaría probada            ya que para eso existe la tarifa social y con eso sería suficiente”.       “Nosotros lo que cuestionamos, además, es el valor en dólares del              gas en boca de pozo”, añadió.
“Cuestionamos que sólo jueces de Capital sean los únicos que puedan intervenir en las tarifas. La Cámara dijo que la Corte  no debe intervenir           y no son revisables por la Corte Suprema”, marcó.
MULTAS
El juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, no solo había          confirmado el año pasado la cautelar sino que además advirtió a las prestatarias del servicio que iban a ser sancionadas con una multa                de entre $1000 y $100.000 por cada corte «ilegítimo».
Dentro de los extensos argumentos, el juez Padilla indicó “que la accesibilidad al servicio público de gas de los sectores más            vulnerables es un derecho humano que debe ser garantizado por el        Estado nacional, que se estarían llevando adelante cortes del servicio          por falta de pago -lo que podría afectar el derecho a una vivienda        adecuada en los términos expuestos por la Observación General 4 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones      Unidas- y que si bien la ley de emergencia tarifaria ha sido vetada por            el titular del Poder Ejecutivo Nacional, ello no ha modificado las circunstancias de hecho y de derecho tenidas en cuenta en su    oportunidad– vinculadas a la vulnerabilidad de ciertos sectores          sociales y a la obligación del Estado de atender derechos        indispensables- por lo que corresponde ratificarla”.
En tanto, aclaró que con la cautelar “no se está haciendo lugar a un descuento masivo del precio de las tarifas” (solicitado por ACA originalmente), ni que corre riesgo “la normal prestación del servicio público, ni la rentabilidad de las empresas prestatarias, ni la            posibilidad de nuevas inversiones en el mercado, ni afectando el        equilibrio fiscal público, todas estas elucubraciones que además de              no encontrarse acreditadas en autos están lejos de verse afectadas            por una medida cautelar como la dispuesta”.
Remarcó que “los ciudadanos más vulnerables que se encuentren económicamente imposibilitados de abonar el nuevo cuadro tarifario          que ha sido impugnado judicialmente, deben ser protegidos por el          Estado y por ello, provisoriamente, mientras se discute sobre el fondo          del asunto no se les puede suspender o cortar el servicio público de        gas”.

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