2/1/15

A Partir de 2015 Monotributistas con nuevas facturas 
Los monotributistas tienen la obligación de cambiar la factura que están utilizando, los talonarios de factura o recibo equivalentes como factura que utilizaban hasta el 31 de diciembre pasado por una resolución de AFIP.

Así, los monotributistas deberán imprimir nuevas facturas pero esta facturación necesita una autorización que se debe obtener por internet, o sea cada monotributista, antes de dirigirse a la imprenta, tendrá que dirigirse a su contador o si se hace sus cosas ingresar en el sistema e imprimir una autorización de impresión que se llama CAI (Código de Autorización de Impresión).

En la imprenta piden el CAI, se permite la emisión del CAI en la medida que el monotributista esté regularmente dentro del sistema; si tiene alguna falta de presentación de declaración jurada informativa puede tener algún inconveniente, va a tener que regularizar su situación fiscal para la emisión de nuevas facturas. La AFIP van a tener controlados a los monotributistas con la cantidad de facturas que emiten y en cada oportunidad que necesiten factura deben pedir la autorización que da la AFIP para la emisión de la factura al igual que para los responsables inscriptos.

LAS FACTURAS ANTERIORES
Pese a que el jefe de la AFIP, Ricardo Echegaray, había dicho en conferencia de prensa que las facturas de monotributistas ya impresas continuarían vigentes hasta que el contribuyente necesitara realizar la impresión con los nuevos comprobantes, fuentes del organismo aseguraron ayer que esto no tendrá carácter general.

Se tendrá en cuenta la situación de quienes de buena fe hicieron talonarios en octubre y tienen todavía un importante stock, pero no se avalará a quienes imprimieron 500 facturas para evitar durante el mayor tiempo posible el control del CAI, ejemplificaron los funcionarios.

La AFIP aumentó los controles sobre las facturas de los monotributistas con un nuevo procedimiento para solicitar la impresión de comprobantes y la inclusión en las facturas "C" del Código de Autorización de Impresión (CAI) con fecha de vencimiento, que hasta ahora sólo se utilizaba para las de tipo "A" y "B" de los inscriptos en el IVA.

A partir del 1 de enero próximo comenzará a regir un nuevo régimen para autorización de impresión de facturas y la respectiva resolución estableció que las boletas impresas quedaran fuera de circulación desde ese día y deberán ser cruzadas con la nómina: "Anuladas".

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