28/7/20

La Policía Comunal labró infracciones por ebriedad y desorden, confrontación y por reuniones que ocasionaban ruidos molestos

Parte difundido por la Estación de Policía Comunal.
PARTE DE PRENSA
INFRACCIÓN ART. 72 Y 74 INC. A DE LA LEY 8031
La Policía Comunal de General Alvear informa a la población que con            fecha 25 del corriente, en horas de la madrugada, personal policial              acudió al Barrio Sarmiento de esta ciudad en virtud de que una femenina      mayor de edad se hallaba ocasionando desorden, en evidente estado de ebriedad, alterando la paz del vecindario, situación que derivó en su        detención y posterior traslado a la Dependencia Policial. Interviene el        Juzgado de Paz Letrado de Gral. Alvear.
INFRACCIÓN ART. 35 Y 74 INC. A DE LA LEY 8031
En la madrugada del día 26 de Julio, se recibe llamado telefónico donde            se alerta que en Barrio San Antonio se estaba llevando a cabo una confrontación.- Constituido Personal Policial a dicho barrio, más      precisamente en calle Puerto Argentino entre Italia y Papa Francisco, procedieron a la detención de dos jóvenes de este medio los cuales se    hallaban ocasionando desorden en la vía pública, incitando a la pelea                  a un vecino del lugar. Interviene el Juzgado de Paz Letrado de Gral. Alvear.
INFRACCIÓN ART. 77 DE LA LEY 8031
En el transcurso del fin de semana se iniciaron tres Actuaciones Contravencionales tras recibirse llamados telefónicos donde se alertaba      sobre reunión de personas que ocasionaban ruidos molestos y poseían    música a muy alto volumen. Por tal motivo personal policial debió acudir            a Prolongación Av. San Martín Sur, a un domicilio ubicado en Villa          Belgrano y a un Stud situado en prolongación Oeste de calle Alsina, constatándose que con los ruidos molestos se alteraba la paz reinante              de los diferentes vecindarios. Por tal motivo se procedió a la            identificación de los responsables de cada sitio, iniciándose actuaciones          por Infracción al Art. 77 de la Ley 8031, dándole intervención al Juzgado            de Paz Letrado de Gral. Alvear.-
  • Teniendo en cuenta que la ciudad de General Alvear se encuentra              en “FASE 5” y a los fines de evitar la propagación del virus COVID-        19, se recomienda extremar las medidas de higiene personal y el DISTANCIAMIENTO SOCIAL recomendado por las autoridades        sanitarias. Para ello, resulta indispensable una mayor CONCIENCIA SOCIAL.- Por otra parte, se les recuerda a la población que es       obligatorio el uso del TAPABOCAS.-

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