14/7/18

UN AGENTE DEL SERVICIO PENITENCIARIO Condenado y, desde    ayer, detenido

 Después de que el martes que pasó un Tribunal    azuleño condenó a un Alcaide Mayor a cuatro años          de prisión por los delitos de “incumplimiento de los deberes de funcionario público y severidades” y      ordenó su detención, al encausado lo arrestaron en Bolívar. La Cámara Penal había rechazado un habeas corpus que el abogado del efectivo del SPB presentó      en busca de revocar esa medida cautelar.

A Ricardo Antonio Ferriuolo lo detuvieron ayer en Bolívar. Tiene que cumplir cuatro años de prisión    por hechos de corrupción cometidos con los alimentos que se recibían para elaborar la comida    de los presos cuando, años atrás, estaba a cargo      del depósito de la Unidad 30. LA MAÑANA DE BOLÍVAR
Un día después a que un agente del Servicio        Penitenciario Bonaerense fue condenado en un juicio        por una serie de irregularidades cometidas en la            Unidad 30 con la administración de los alimentos para          la comida de los presos, ayer se hizo efectiva su      detención, medida cautelar que había sido ordenada          por los jueces que intervinieron en este debate.
De acuerdo con lo informado, la detención de uno de          los imputados que tiene esta causa penal por la que también había sido condenado otro efectivo del SPB            se llevó a cabo en Bolívar, la ciudad donde actualmente reside.
        De esa manera el Alcaide Mayor (EG) Ricardo Antonio Ferraiuolo -que es oriundo de Olavarría y tiene 40 años        de edad- resultó detenido ayer.
Al mismo tiempo, la Cámara Penal de Azul había      rechazado un habeas corpus a favor del agente penitenciario presentado por Sergio Roldán, el            abogado que representó en el juicio que finalizó el        martes pasado al efectivo del SPB que ahora está          preso.
Mientras que el penalista olavarriense consideraba “arbitraria e ilegal la orden de detención”      para su defendido dispuesta por los jueces del            Tribunal Oral en lo Criminal número 2 que lo          condenaron en esta primera instancia, desde la            Cámara Penal el habeas      corpus fue rechazado por “improcedente”.
Damián Cini y el juez Correccional Aníbal Álvarez integraron el máximo tribunal departamental para dar respuesta a ese recurso, que ayer al ser denegado      terminó confirmando la detención para el agente del        SPB.
Al haberse fundado la detención ordenada en la imposición de una pena de efectivo cumplimiento y              en la grave actitud de entorpecimiento probatorio      asumida por el encartado durante la investigación, de          lo cual se tomó conocimiento en el debate (lo que    evidencia que el causante se vale de cualquier medio            a su alcance para frustrar los fines del proceso), se      advierte la concurrencia de peligros procesales que      tornan razonable la cautelar dispuesta”, escribió Cini            en el dictamen.
El camarista, en respuesta a los argumentos          esgrimidos por el abogado de Ferraiuolo para que su detención quedara sin efecto, agregó: “Las          invocaciones que hace la Defensa respecto de la        existencia de arraigo y de una familia son meras alegaciones genéricas que no han sido debidamente fundadas y que no tienen entidad para neutralizar el      peligro de elusión de la justicia aludido      precedentemente”.
Condenados
El martes que pasó Ricardo Antonio Ferraiuolo y otro Alcaide Mayor del Servicio Penitenciario de la Provinciallamado Hernán Alberto Medrano -oriundo          de Dolores, de 47 años de edad y actualmente viviendo        en Saladillo- fueron condenados por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario          público y severidades, en concurso ideal de acciones.
Ambos fueron hallados autores de una serie de graves irregularidades cometidas en la Unidad 30 con la administración de los alimentos que en ese penal se recibían para elaborar la comida de los presos.
Los jueces Carlos Pagliere (h), Gustavo Abudarham y Alejandra Raverta -miembros del Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul que intervinieron en este      juicio- le impusieron las penas más severas al agente penitenciario que ahora está preso: cuatro años de      prisión y ocho años de inhabilitación especial para        ejercer cargos o funciones públicas.
En el caso de Medrano, fue condenado a dos años de prisión en suspenso e inhabilitado por un plazo de        cuatro años para trabajar como empleado estatal.
De acuerdo con lo que quedara demostrado en el            juicio, primero Medrano -durante dos meses- y            después Fearriuolo, entre febrero de 2010 y diciembre          de 2011, estuvieron a cargo del depósito de la Unidad          30, la cárcel del SPB que está en General Alvear.
Como tales, recibían la mercadería que día tras días se usaba para elaborar la comida para los presos, circunstancias durante las cuales cometieron esos        ilícitos por los que fueron condenados.
Según se pudo determinar en el debate, gran parte de        esa mercadería, en realidad, no se usaba para elaborar        los menús para los reclusos, ya que los alimentos eran desviados de su destino original, al mismo tiempo que        esa comida que los presos consumían distaba bastante      de ser un menú adecuado.
Al respecto, en un tramo de ese extenso fallo donde          los agentes del SPB fueron condenados, el juez          Pagliere (h) había señalado que “según los libros, los presos comían como príncipes; pero la realidad es que comían como mendigos”.
Entre los testigos convocados a este proceso, que          tuvo como escenario la sala del TOC 2 que está en el segundo piso del edificio de Tribunales, hubo varios presos; quienes para la época en que se situó a la ocurrencia de estos hechos, relacionados con            episodios de corrupción en un contexto carcelario, estuvieron privados de la libertad en la Unidad 30.
Las versiones de todas esas personas fueron prácticamente coincidentes en indicar que las raciones        de comidas que recibían eran escasas, llegando            incluso en algunas ocasiones a tener que consumir alimentos que estaban podridos.
En ese sentido, más que contundente había sido lo afirmado en el debate por uno de los presos, quien    sostuvo que “ni los animales” podían comer eso que          les daban a ellos en la Unidad 30.
Cristian Citterio fue el fiscal que instruyó esta causa y quien representó al Ministerio Público en el debate.
En principio, había encuadrado los hechos en      acusaciones por delitos más graves a los que          finalmente derivaron anteayer en las condenas para      ambos agentes del SPB, uno de los cuales ahora está detenido.
Además de Sergio Roldán, como defensores          particulares del otro penitenciario condenado en esta primera instancia se desempeñaron durante el juicio los abogados azuleños Gabriel Di Giulio y Roberto Dávila.
En sus alegatos dados a conocer una semana antes a        que ambos agentes resultaron condenados, habían      pedido las respectivas absoluciones de sus            defendidos. Solicitudes de los abogados que en esta primera instancia no prosperaron y que, seguramente, volverán a plantear cuando a este fallo lo recurran            ante Casación.
El dato
Después de que había sido detenido en Bolívar, Ferraiuolo fue trasladado a        General Alvear. En esa ciudad permanece                por el momento privado de la libertad en          la Estación de      Policía Comunal. En diálogo con este diario, su abogado afirmó      ayer que piensa insistir con el habeas corpus para que su        defendido sea excarcelado. Pero ahora lo presentará ante      Casación, teniendo en cuenta -desde su punto de vista- que la detención de su cliente ni siquiera la había pedido en su alegato        el fiscal que intervino en el juicio y que se trata de una medida cautelar enmarcada en un fallo de primera instancia que            todavía no está confirmado.

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